Publicado: noviembre 18, 2025, 8:57 am
Las familias que tengas contratadas en casa a una trabajadora del hogar deben cumplir con una nueva obligación desde el pasado viernes 14 de noviembre. Deberán contar con un plan de prevención con el que deberán informar a estas empleadas de los riesgos que asumen realizando las diferentes tareas. Estos planes de prevención de riesgos laborales son comunes en cualquier tipo de empresa , tanto pública como privada, pero que hasta ahora no estaban obligadas a realizar quienes se dedican a las tareas del hogar. Los empleadores deben realizar esa evaluación a través de una herramienta gratuita que puso a disposición el Gobierno (prevencion10.es). Esta permite «gestionar de forma sencilla los riesgos laborales en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar» y «facilitar al personal la información que necesitan para realizar su trabajo en condiciones de seguridad y salud» . Todo ello se regula en el Real Decreto 893/2024 , de 10 de septiembre. La herramienta lleva en funcionamiento seis meses, pero el pasado viernes se cumplió la fecha lÃmite para hacer esta evaluación. En la pantalla inicial hay que pulsar el botón «comenzar» situado en la parte derecha. A continuación, los empleadores se deberán identificar y podrán acceder con cl@ve o DNI electrónico . El siguiente paso es especificar la dirección del domicilio, el titular de la vivienda y el número de empleados. También se deben especificar las tareas que desarrolla la empleada del hogar . Después se deben contestar una serie de preguntas en un cuestionario y con esa información se genera un PDF. Una copia se entregará a la empleada del hogar y la otra se la quedará el empleador . Será lo que se deberá enseñar a la inspección de trabajo en el caso que llegue una inspección. Todos los empleadores deben hacer este trámite sea cual sea la jornada. En la misma página hay disponibles materiales que se deben entregar a las trabajadores del hogar donde se les especifican sus derechos. Quienes no cumplan este trámite se exponen a sanciones. Tal y como figura en la ley, se evaluarán los incumplimientos de leve a grave, con multas que oscilan desde los 2.450 euros a los 49.180 .
