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Mundial 2026: ¿De cuánto es la multa por transmitir los partidos en tu negocio sin permiso?

Publicado: junio 6, 2026, 11:00 am

Transmitir los partidos del Mundial 2026 en un negocio sin autorización puede salir muy caro. De acuerdo con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), las sanciones pueden alcanzar hasta 250,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale cerca de 29.3 millones de pesos, dependiendo de la gravedad de la infracción.

En México, la exhibición pública de este contenido sin una licencia comercial explícita es una violación a la Ley Federal del Derecho de Autor que se castiga con multas millonarias y el cierre del establecimiento.

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En la práctica, la infracción ocurre cuando los negocios utilizan servicios de televisión de paga o plataformas de streaming contratados bajo esquemas de uso personal o doméstico para proyectarlos en un entorno comercial.

Este tipo de licencias están diseñadas únicamente para consumo privado, por lo que al exhibir los partidos frente a clientes, aunque no se cobre entrada, se considera un uso comercial no autorizado. Para poder transmitirlos legalmente, es necesario contar con una licencia específica para negocios, distinta a la que contrata un consumidor en su hogar.

¿Cuáles son las sanciones?

El monto de la sanción no es fijo y dependerá de factores como la gravedad de la infracción, el beneficio económico obtenido, la reincidencia y el uso comercial del contenido.

Además del impacto económico, los negocios pueden enfrentar otras medidas administrativas como:

  • Aseguramiento de bienes: Las autoridades pueden decomisar de manera preventiva los equipos de transmisión como pantallas, proyectores, decodificadores y sistemas de audio.
  • Clausura del local: Se puede ordenar la clausura temporal del establecimiento por un periodo de hasta 90 días.
  • Demandas civiles: Independientemente de la multa administrativa, los titulares de los derechos (la FIFA o las televisoras autorizadas) pueden emprender acciones legales por daños y perjuicios.

Estas sanciones buscan frenar tanto la exhibición pública no autorizada de contenidos protegidos como el uso comercial indebido de eventos de gran relevancia, como la Copa Mundial.

¿Quién puede sancionar?

En México, las autoridades facultadas para imponer estas sanciones son el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor).

Estos organizamos pueden iniciar procedimientos administrativos cuando detecten el uso indebido de contenidos protegidos o de elementos asociados al evento, como marcas, logotipos o cualquier referencia que sugiera una relación comercial no autorizada.

Esto porque las nuevas reformas a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI) contemplan sanciones por ambush marketing, que es el aprovechamiento eventos como el Mundial para hacer publicidad sin ser patrocinador.

Si bien los derechos de transmisión pertenecen a organismos internacionales como la FIFA, la aplicación de sanciones en territorio nacional corresponde a las autoridades mexicanas, particularmente al IMPI.

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