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Milei firma un decreto que le exime de debatir en el Congreso el acuerdo con el FMI

Publicado: marzo 11, 2025, 4:31 am

El presidente de Argentina, Javier Milei , ha firmado un decreto que refrenda el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y le exime de enviar un proyecto de ley sobre la cuestión para su debate en el Congreso. Se trata del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) y está a la espera de aprobación por parte del organismo internacional, según recoge ‘Página 12’. El texto, del que se ha hecho eco este diario argentino, señala que los desembolsos del FMI serán destinados al pago de «las letras intransferibles en dólares en poder del Banco Central» y a «las operaciones de crédito público celebradas en (…) 2022 cuyo vencimiento opere dentro de los cuatro años de la suscripción del acuerdo». El Gobierno argentino ha decidido «no comprometer su política económica de déficit cero», tal y como señala el documento, en línea con las tesis del mandatario. Por ello, los fondos, de los que se desconoce el monto, «deberán ser utilizados exclusivamente para cancelar deudas del Tesoro Nacional, con el Banco Central y deudas con el FMI». El Ejecutivo ha justificado la firma del decreto, que lo libera de enviar un proyecto de ley al Congreso, señalando que «(su) competencia (… ) no es la de aprobar los términos y las condiciones de un acuerdo celebrado con el FMI, sino la de aprobar la operación de crédito público mediante la sanción de una ley». Asimismo, ha defendido que es una «necesidad manifiesta» terminar con los créditos del FMI y la deuda con el Banco Central y ha asegurado que hay «circunstancias excepcionales» debido a «la gravedad de la situación» y la necesidad de solucionar el tema «de manera inmediata». En respuesta, un grupo de diputados del principal grupo parlamentario opositor argentino, Unión por la Patria (UxP), ha presentado una denuncia contra el presidente. También contra los «coautores o partícipes que hayan» intervenido en la preparación y firma del DNU, del que han dicho, «tiene por objeto un acto de endeudamiento con un organismo financiero (FMI), en clara violación de lo dispuesto por el artículo 75 y 76 de la Constitución Nacional».

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