Publicado: marzo 30, 2025, 2:30 am
Este 2 de abril se abre el plazo para presentar la declaración de la renta en España . Aunque quienes quieran hacerlo por teléfono o de manera presencial tendrán que esperar un poco más, conviene tener las cuentas en orden para presentar el borrador. Una vez se accede a la aplicación renta web , el contribuyente puede selecccionar numerosas deducciones en función de su situación personal y de su lugar de residencia. Las cuestiones relacionadas con la vivienda y, más concretamente con el alquiler, son fundamentales. Tanto el arrendador como el arrendatario tienen beneficios fiscales por su condición. Realizar mal la declaración de la renta puede tener consecuencias ya que Hacienda puede imponer una multa . Es por ello que hay que tener claros algunos conceptos antes de comenzar. El arrendatario es la persona que adquiere el derecho a utilizar un bien o un inmueble a cambio de una contraprestación económica. En el caso de una vivienda el arrendatario es la persona que conocemos más comunmente como inquilino . Este paga un alquiler mensual al casero para poder utilizar la vivienda y vivir en ella. Además, asume otras obligaciones que deriven del contrato firmado. La otra parte es el arrendador , o lo que es lo mismo, el propietario del inmueble que se alquila. La figura que cualquier inquilino conoce como casero . A cambio de una cantidad de dinero, cede el uso de la vivienda al arrendatario y por lo general asume otras obligaciones como, por ejemplo, hacerse cargo de las reparaciones. En muchas comunidades, los inquilinos pueden deducirse el alquiler de la vivienda en la declaración de la renta . Para ello, tienen que ir a la casilla correspondiente en función de la comunidad, introducir la cantidad total pagada al casero durante los meses que se ha vivido en ese domicilio y otros datos como la referencia catastral o el DNI del arrendador. En el caso de los propietarios , este año la declaración llega con una novedad . Si el contrato se firmó antes del 26 de mayo de 2023 se mantiene la reducción del 60%, pero a contratos firmados a partir del 1 de enero de 2024 puede llegar hasta el 90% si está en un mercado tensionado y el propietario ha rebajado el precio en más de un 5%. Las deducciones pueden cambiar en función de la comunidad autónoma ya que cada una maneja unas horquillas.