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En qué consite el nuevo aval del Gobierno para proteger contra los impagos del alquiler: requisitos para inquilinos y propietarios

Publicado: diciembre 12, 2025, 11:00 pm

El acceso a la vivienda en España es cada vez una cuestión más complicada para las familias. Por una parte, los precios de venta imposibilitan a muchos pagar una entrada. La solución suele pasar por alquilar una casa, pero en este caso la situación tampoco es demasiado favorable. La saturación del mercado o los elevados precios de los alquileres dificultan a muchas familias el pago de las rentas. Esto se combina con el miedo de muchos caseros a que sus inquilinos se conviertan en inquiokupas . La ley de Vivienda aprobada por el Gobierno -y las medidas que han venido después- no han acabado de solucionar el problema. La última de las medidas del Gobierno aprobada en el Consejo de Ministros consiste, según el ejecutivo, en « facilitar» el acceso al alquiler tanto a jóvenes menores de 35 años como a personas vulnerables mediante unos avales. Como explica ABC, «en la práctica sería un seguro para el propietario contra los impagos del alquiler» . No obstante, la protección del Estado si un inquilino deja de pagar a su casero se dará solamente en determinadas circunstancias. Por ejemplo, los propietarios deberán alquilar sus viviendas a menores de 35 años o personas vulnerables y las rentas no podrán superar el índice estatal de referencia, así como suscribir un compromuso relativo al aval del alquiler. Otro condicionante destacado es que solo se podrán acoger quienes tengan contratos firmados a partir del 30 de enero de 2025 , por lo que el resto, que son la gran mayoría, quedan fuera. También las comunidades autónomas podrán fijar criterios adicionales. Por el momento no se ha dado a conocer cuál será la línea de financiación para sufragar esta nueva medida del Gobierno. No obstante, las personas beneficiarias deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Por otro lado, como explica ABC, en principio estas compensaciones a los propietarios solo podrán abonarse cuando el inquilino abandone la vivienda , para lo que tendrán un plazo de seis meses.

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