El trabajador con una incapacidad permanente no podrá ser despedido - Venezuela
Registro  /  Login

Otro sitio más de Gerente.com


El trabajador con una incapacidad permanente no podrá ser despedido

Publicado: abril 22, 2025, 1:44 pm

El despido automático en el caso de una declaración de incapacidad en cualquiera de sus grados, permanente absoluta o total o gran invalidez desaparece del Estatuto de los Trabajadores, de su artículo 49.1. A partir de ahora sólo el trabajador podrá decidir si rescinde su contrato, y la extinción de la relación laboral quedará para el caso de fallecimiento del empleado. El empresario deberá adaptar el puesto del afectado o asignarle otro vacante disponible , acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación, siempre que no suponga un coste excesivo. Así figura en el proyecto de ley aprobado de forma definitiva en el Senado y apoyado de forma mayoritaria por todos los grupos, salvo VOX, con 251 votos a favor y tres en contra , sin cambios respecto al texto que llegó del Congreso. ¿Qué se entiende por coste excesivo para la empresa? El texto legal establece los criterios que permiten determinar cuándo los ajustes necesarios constituirían un coste excesivo para la empresa valorando, de manera específica, si los gastos de adaptación del puesto de trabajo pueden sufragarse con ayudas o subvenciones públicas de manera parcial o total y también, en su caso, si son razonables para el tamaño de la empresa. En el caso de las empresas que empleen a menos de 25 trabajadores se considerará excesiva la carga cuando el coste de adaptación del puesto de trabajo, sin tener en cuenta ayudas o subvenciones públicas, supere la cuantía de la indemnización o la de seis meses de salario del empleado. La modificación legal establece que el trabajador podrá solicitar, en un plazo de diez días, desde la notificación del reconocimiento de incapacidad permanente, el mantenimiento de su puesto y, a partir de entonces, la empresa tendrá tres meses para adaptarlo a las nuevas necesidades, cambiarlo a otro puesto o extinguir el contrato si se dan las condiciones requeridas. El objetivo de la reforma emprendida por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz , es garantizar, de una manera más eficaz, el derecho a la igualdad en el empleo de las personas con discapacidad, dice el texto legal, que ha aplaudido el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), por entender que se pone punto y final a a una «discriminación histórica que aún subsistía» en el ordenamiento jurídico-laboral. Con los cambios acometidos en el Estatuto el Gobierno mata dos pájaros de un tiro . Por un lado, cumple el mandato de la Justicia europea, que consideró ilegal el despido en el supuesto de incapacidad permanente, y, por otro, logra más ingresos para la Seguridad Social , dado que el empleado con una incapacidad que continúe trabajando también seguirá pagando cotizaciones a la Seguridad Social, igual que el empresario. Por este motivo, la memoria económica del anteproyecto asegura que la norma tendrá efectos positivos sobre la economía y que, además, no tendrá ningún coste para la Administración. Entre las modificaciones incorporadas a la norma a su paso por el Congreso también se alcanzó un acuerdo para incorporar una enmienda que encarga al Gobierno que, en el plazo de un año, apruebe una ley que permita adaptar los puestos de trabajo de los guardias civiles, policías nacionales y militares con discapacidad.

Related Articles