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El TEDH condena a Francia por no tratar bien la esclerosis del etarra 'Susper' en la cárcel

Publicado: diciembre 4, 2025, 9:30 am

El Tribunal de Estrasburgo condenó este jueves a Francia por no haber dado un tratamiento médico adecuado en la cárcel al exdirigente etarra Juan Ibón Fernández Iradi, ‘Susper’, mientras estuvo encarcelado en ese país, por su dolencia de esclerosis múltiple.

En su sentencia, los jueces europeos subrayan que la falta de esos cuidados adecuados para su enfermedad, que eran la condición para su mantenimiento en prisión, supone una violación del artículo del Convenio Europeo de Derechos Humanos que prohíbe los tratamientos inhumanos y degradantes.

No obstante, puntualizan que esa violación no significa que haya que dejar en libertad a ‘Susper’, quien además está desde 2022 encarcelado en España.

La constatación de la condena va acompañada de la imposición a Francia de una indemnización que le tendrá que pagar de 10.000 euros por perjuicio moral y de 11.840 euros por costas judiciales.

Fernández Iradi (54 años) está encarcelado desde su última detención en diciembre de 2003 en Francia, donde fue condenado a dos penas de 30 años y a una de 15, que por el proceso de fusión que posteriormente se le aplicó quedaron en 30 años, de los cuales tenía que pasar como mínimo 20 entre rejas.

Se le diagnosticó la esclerosis múltiple en diciembre de 2012 y en marzo de 2013 presentó una primera demanda para que se le suspendiera la ejecución de la pena por la enfermedad, pero la Justicia francesa se lo negó hasta que en octubre de 2022 fue trasladado a petición suya a la prisión de Martutene, en San Sebastián, para cumplir lo que le queda de condena.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no cuestiona la decisión del Tribunal de Aplicación de Penas de Francia de que mantenerlo entre rejas era compatible con su estado de salud, pero puntualiza que se tendría que haberle dado la atención necesaria preconizada por los médicos cuyos informes sirvieron de base para esa decisión.

Fernández Iradi se quejaba de que no se le empezó a tratar de la esclerosis múltiple más que varios meses después del primer diagnóstico y que cuando se hizo fue insuficiente, en particular en lo que respecta al seguimiento neurológico, las consultas especializadas, las sesiones de fisioterapia, el soporte psicológico y el tratamiento de fondo.

La juez española del TEDH, María Elósegui, emitió una opinión disidente de la de los otros colegas que firman la sentencia porque a su juicio la situación vivida por ‘Susper’ «no puede recibir la calificación de malos tratos o de tortura» como están definidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Para Elósegui, «las autoridades francesas hicieron todo lo que era posible y necesario para ayudar» al etarra, y aunque se hayan constatado «lagunas» en el tratamiento de su esclerosis, eso «no acarreó un deterioro significativo del estado de salud del demandante, ni en el plano fisiológico ni en el psicológico».

La magistrada española también critica que en el dictamen de condena sus colegas no hayan apenas recordado cuando relataba cómo cuando era trasladado al hospital de Toulouse iba esposado de pies y manos que «es un individuo peligroso encarcelado, entre otras cosas por haber atacado a un gendarme francés, que pertenece al grupo terrorista ETA y que fue condenado a 30 años de cárcel».

La juez Elósegui indica, por otro lado, que actualmente ‘Susper’ está en régimen de semilibertad desde que se le concedió el 30 de abril de 2024 por las autoridades penitenciarias del País Vasco, lo que le permite pasar el día fuera de la cárcel de Martutene, a la que tiene que volver para dormir.

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