Publicado: marzo 31, 2026, 7:30 am
Dos meses después de conocerse la condena contra el productor de cine Javier Pérez Santana, su defensa ha decidido recurrir la sentencia al considerar que el relato de la artista presenta supuestas contradicciones y responde a una «fabulación».
Tal y como recoge El Periódico, entre las 90 páginas que abarca el recurso de apelación, los letrados del productor consideran que la declaración de la actriz es «incoherente» y que «carece de continuidad y consistencia».
Lo que sucede con el relato de Carmen Jedet es un «ensanchamiento artificial de los hechos que no se corresponde con lo vivido y que como consecuencia de tal fabulación le es imposible mantener una mínima coherencia», apuntalan.
El recurso reabre un proceso judicial que se ha prolongado más de tres años y que comenzó tras los hechos ocurridos en enero de 2023 durante la fiesta posterior a los Premios Feroz, celebrada en Zaragoza.
Jedet denunció haber sufrido tocamientos no consentidos por parte del productor durante la celebración posterior a la gala.
Según quedó reflejado en la sentencia, el acusado se acercó inicialmente a la actriz con la excusa de felicitarla por su trabajo, pero poco después comenzaron los comportamientos inapropiados.
El fallo judicial consideró probado que el productor le tocó el trasero y uno de los pechos en varias ocasiones por encima de la ropa, pese a las negativas de la actriz.
Además, tras ser rechazado, el productor habría reaccionado con comentarios intimidatorios relacionados con su carrera profesional. El episodio terminó con insultos transfóbicos y vejatorios, así como gestos obscenos, lo que obligó a intervenir a los acompañantes de la actriz y al personal de seguridad del evento.
El Juzgado de lo Penal número 7 de Zaragoza condenó al productor a cuatro meses de prisión por un delito de agresión sexual y vejaciones.
La sentencia también incluyó la prohibición de acercarse a Jedet o comunicarse con ella durante dos años, libertad vigilada, una indemnización económica de casi 2.000 euros, una multa de 600 euros por un delito leve de vejaciones y la inhabilitación temporal para trabajos con menores.
