Publicado: marzo 14, 2025, 11:34 pm
Según las estadísticas que maneja el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) con datos de 2023, el tiempo medio en España para desalojar de manera legal a un okupa es de doce meses, un plazo al que si se le añaden las apelaciones de sentencias en las Audiencias Provinciales puede extenderse hasta casi los dos años, en concreto a 23,2 meses. Ante esta situación, algunos propietarios pueden tener la tentación de buscar vías más directas. Una de ellas, de puro sentido común para un propietario burlado, que ve cómo tiene que seguir pagando el agua y la luz a quien le usurpa su casa, es la dejar de pagar o cortar los suministros básicos de la vivienda , algo que, no obstante, puede acarrear problemas legales. En este sentido, la legislación española es clara, al establecer que cualquier intento de echar a un inquilino ilegal sin la intervención de las autoridades puede considerarse un delito de coacción. Cortar el agua, la luz o el gas , considerados suministros básicos, estaría dentro de este supuesto. Ahora, al menos en las provincias de Barcelona y Gerona, esto dejará de ser así. Los magistrados de las secciones penales de la Audiencia de Barcelona y de la de Gerona acordaron en sus reuniones de este 7 de marzo y del 22 de noviembre de 2024, respectivamente, unificar criterio, de modo que «en caso de que el titular de una finca (en régimen de propiedad o cualquier otro título que habilite su uso), ocupada o que ha sido objeto de allanamiento de morada , no mantenga el alta de los suministros o el abono de los mismos, no será constitutivo de un delito de coacciones». Los mismos magistrados acordaron que en caso de denuncias por delito leve de usurpación contra personas cuya identidad resulte desconocida, « no será posible acordar el sobreseimiento provisional » sin que los cuerpos policiales traten de identificar a los ocupantes de la finca. Solo en caso de que no lo consigan se procederá al sobreseimiento. La decisión de los jueces de Barcelona ha sido valorada por fuentes del sector inmobiliario consultadas por ABC como de «sentido común», y mostraron su confianza en que, con la misma lógica, se acabe extendiendo el mismo criterio al conjunto de España. Al respecto, fuentes del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) apuntan que así acabará siendo una vez que, bien porque las juntas de jueces en otras provincias sigan el ejemplo, bien por que llegue al Tribunal Supremo por vía de recurso, se acabará unificando doctrina. Se trataría de llegar a una interpretación unificada para que no se haga en cada comunidad autónoma una cosa distinta. En la misma línea se pronuncia Fernando Portillo, portavoz de la asociación Foro Judicial Independiente, que celebra que, al menos en Barcelona y desde este momento, se haya clarificado la interpretación: «Hasta ahora dependía un poco de la lectura que hiciese cada juez, porque el Supremo tiene resoluciones dispares». Es lo que define como una cuestión «fronteriza», de interpretación variable, algo que ahora en Barcelona queda ya definido. En este sentido, apunta Portillo, sería deseable que el mismo criterio se extendiese por todo el territorio nacional, sin que esto signifique que los jueces en otras parte de España ya estén actuando con la misma lógica. Sí celebra el portavoz de Foro Judicial Independiente que la decisión adoptada en Barcelona da más armas para luchar contra el fenómenos de la ocupación, bien sea por usurpación de bien inmueble o o por impago de alquiler, lo que coloquialmente se conoce como «inquiocupación». Por su parte, Sergio Oliva, portavoz nacional de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, coincide en que acabará siendo el TS el que se pronuncie de modo que vincule a todos los jueces de España. Además de la despenalización del corte de suministros , Oliva considera «interesante y positiva» la decisión de no permitir el sobreseimiento de las ocupaciones sin que se haya intentado al menos la identificación de los autores, unos atestados sin autor conocido que se quedaban en la Policía y no llegaban al Juzgado. El acuerdo de los magistrados de Barcelona precedía al adoptado por los de Gerona, que además de avalar el corte de suministros autorizaba lo que se ha definido como «desalojo exprés» sin autorización judicial previa si la policía actúa en las primeras 24 horas. Es en base a este criterio que actuaron los Mossos para desalojar al imán de Salt (Gerona) cuando trató de volver a ocupar el piso del que había sido desalojado, una intervención que desencadenó varias noches de graves incidentes en esta localidad. El acuerdo de los magistrados de Gerona, que avanzó ‘El Periódico’, busca no únicamente la expulsión de los ocupantes por la vía rápida sino una mayor celeridad judicial. Así, los jueces «aconsejan» que la tramitación de los procedimientos por delitos leves de usurpación de bienes inmuebles se haga a través del «procedimiento inmediato (…) debiendo cuidar los cuerpos policiales de la identificación y citación a juicio de los ocupantes denunciados». «Los agentes actuantes realizarán un acta de comprobación de daños que incorporarán al atestado policial, que se remitirá al Juzgado de guardia junto con la citación a juicio de los ocupantes», añaden en un intento de comenzar a encauzar un fenómeno al que no parece fácil poner remedio. Ayer precisamente trascendió que el número total de lanzamientos, o desalojos, practicados en 2024 fue de 27.564, un 3,4% más que el año anterior, según se desprende del informe publicado por el CGPJ. El 74,6% de los lanzamientos, 20.558, fue consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) , mientras que otros 5.073 (18,4%) se derivaron de ejecuciones hipotecarias. Los 1.933 restantes obedecieron a otras causas. Los lanzamientos por impago del alquiler experimentaron un aumento interanual del 4,5% respecto a 2023, y los derivados de ejecuciones hipotecarias, una disminución del 3,6%. Por territorios, Cataluña –con 7.381, el 26,8% del total– fue la comunidad autónoma en la que se practicaron más desahucios , seguida por Andalucía (4.027) y Valencia(3.610).