Publicado: diciembre 10, 2025, 12:00 am
Con el rechazo del PRI, PAN y MC, la Cámara de Diputados dio el visto bueno a la iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum para reformar la Ley General de Salud y prohibir, con hasta ocho años de prisión y multas de 226,080 pesos, la venta y fabricación de cigarrillos electrónicos y vapeadores.
Con una votación final de 292 votos a favor y 163 en contra, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular el dictamen que reforma la Ley General de Salud en materia de prohibición de cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros sistemas o dispositivos análogos.
De paso, dicha iniciativa también incluye modificaciones en materia de atención de la salud de la población, tales como cambios a las contrataciones consolidadas de medicamentos y al Fondo de Salud para el Bienestar (Fonsabi), principalmente en la atención a gastos catastróficos.
Tras casi nueve horas de discusión, y con un cambio de último momento, el dictamen fue enviado al Senado de la República para su discusión.
A lo largo de la discusión de este dictamen, legisladores de oposición mostraron su rechazó a lo que llamaron la criminalización con hasta ocho años de cárcel por el consumo y la portabilidad de vapeadores.
No obstante, Morena trató de matizar estos señalamientos, y aprobó una reserva para evitar ambigüedades en la ley, ello al agregar un párrafo que estipula que se exceptúa de la prohibición el consumo y posesión personal, pues las sanciones serán para quien adquiera “con fines de comercialización” cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, incluidos aquellos que son desechables o de un solo uso.
También se definió que la prohibición incluye cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, todo aparato o sistema mecánico, electrónico o de cualquier tecnología, que se utilice para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas líquidas, geles, sales, ceras, aerosoles secos, resinas, aceites cerosos u otra nueva formulación sintética, con o sin nicotina, susceptibles de ser inhaladas por la persona consumidora.
De igual manera, quedan prohibidos todos los actos de publicidad o propaganda, para que se consuman cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación.
Mientras que se estipula que al que realice por cualquier medio algunas de las prohibiciones, se le impondrá de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de cien a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, equivalente a 226,080 pesos.
Impacto en fondo para gastos catastróficos
A la par de la prohibición de los vapeadores, Morena y sus aliados también avalaron otros cambios a la Ley General de Salud; uno de esto, el “debilitamiento” del Fondo de Salud para el Bienestar (Fonsabi), principalmente en lo relacionado con la atención a gastos catastróficos que sirve para atender enfermedades graves como el cáncer.
Y es que en la iniciativa presidencial se elimina la obligación de destinar, como mínimo, el 8% de los recursos del Fondo de Salud para el Bienestar a la atención de enfermedades que ocasionan gastos catastróficos, tales como el cáncer, los infartos, el VIH, los cuidados intensivos neonatales.
De igual forma, entre los cambios que poco tienen que ver con la prohibición de vapeadores, se encuentran cambios para establecer que las contrataciones consolidadas de medicamentos, equipo médico de alta tecnología y demás insumos se realizarán bajo la conducción de la Secretaría de Salud como dependencia rectora de la política pública en la materia.
Se agrega el término “salud digital”, así como establecer la regulación de los productos sanguíneos, Banco de células troncales, Centro de colecta de células troncales, establecimiento de medicina regenerativa, plasma residual, registro sanitario e inclusión de sustancias.
