Publicado: agosto 25, 2026, 7:31 pm

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el caso del dirigente opositor venezolano, Fernando Alberto Albán Salazar, quien murió en octubre de 2018 mientras se encontraba bajo custodia del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin).
Por: lapatilla.com
La Cidh informó que sometió el pasado 5 de agosto de 2026 el Caso N.º 14.267, respecto de Venezuela, ante la Corte IDH. El expediente aborda la presunta responsabilidad del Estado venezolano por la detención arbitraria, tortura y ejecución extrajudicial de Albán, así como por las agresiones contra sus familiares y la falta de una investigación efectiva.
Según la información recogida por la Cidh, Fernando Albán, de 56 años, era dirigente opositor, fundador del partido Primero Justicia y concejal del municipio Libertador del Distrito Capital.
El 5 de octubre de 2018, tras regresar de Nueva York, donde había participado en la Asamblea General de Naciones Unidas, fue detenido en el aeropuerto internacional de Maiquetía por funcionarios del Sebin, sin que se presentara una orden judicial ni se explicaran inicialmente las razones de su arresto.
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Durante aproximadamente 20 horas, las autoridades habrían negado que Albán estuviera detenido, situación que llevó a sus familiares a denunciar una desaparición forzada.
Tres días después, el 8 de octubre, mientras sus abogados esperaban su presentación ante un tribunal, el entonces fiscal general informó públicamente que el dirigente opositor había muerto en la sede del Sebin y sostuvo que se trataba de un suicidio.
La familia y la defensa de Albán cuestionaron desde el comienzo esa versión y denunciaron diversas irregularidades, entre ellas la existencia de certificados de defunción contradictorios. También sostuvieron que el dirigente había sido sometido a torturas y que su muerte debía ser investigada como una posible ejecución extrajudicial.
En su Informe de Admisibilidad y Fondo N.º 320/25, la Cidh concluyó que la detención de Albán fue arbitraria y constituyó una desaparición forzada de corta duración. Además, determinó que fue torturado y ejecutado extrajudicialmente mientras se encontraba bajo custodia estatal.
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El organismo interamericano también estableció que el proceso penal iniciado contra Albán vulneró el principio de legalidad y que las autoridades venezolanas no realizaron una investigación diligente sobre las circunstancias de su muerte.
La Cidh señaló, además, que la detención del dirigente opositor estuvo relacionada con un móvil discriminatorio por su militancia política, y cuestionó la actuación de las autoridades en la investigación de los hechos.
Aunque dos funcionarios del Sebin fueron procesados por incumplimiento de sus deberes de custodia, las penas que recibieron posteriormente fueron reducidas y ambos quedaron en libertad. De acuerdo con la información presentada ante la Cidh, las denuncias de tortura, desaparición forzada y ejecución extrajudicial no fueron investigadas de manera efectiva.
¿Qué pide la Cidh a la Corte IDH por el caso Fernando Albán?
La Comisión solicitó a la Corte IDH que declare la responsabilidad internacional del Estado venezolano por las violaciones de derechos humanos cometidas contra Albán y sus familiares.
Entre las medidas de reparación solicitadas se encuentran una reparación integral, tanto material como inmaterial, mediante compensación económica y medidas de satisfacción, además de un programa de atención psicológica y psicosocial para los familiares que así lo deseen.
La Cidh también pidió que se realice una investigación seria y dentro de un plazo razonable para esclarecer completamente lo ocurrido, identificar y sancionar a todos los responsables, incluida la eventual cadena de mando, y garantizar la participación de los representantes de la familia.
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Asimismo, solicitó dejar sin efecto las consecuencias de las investigaciones y antecedentes judiciales, administrativos, penales o policiales que pudieran existir contra Albán y sus familiares, además de adoptar medidas para prevenir, investigar y sancionar posibles actos de hostigamiento, persecución y amenazas contra su entorno y sus abogados.
La eventual decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, determinará las medidas de reparación y las obligaciones internacionales que correspondan al Estado venezolano en este caso.
