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Mandamientos

Publicado: abril 14, 2025, 7:00 am

Esta semana los judíos festejamos Pésaj, la fiesta de la libertad, en recuerdo de que en el año 1250 AEC se logró la liberación del pueblo judío que había sido esclavizado en la tierra de Egipto. La historia de este evento, con Moisés y el faraón como personajes principales, está relatada en Éxodo, el segundo libro de la Torá, la primera de las tres partes que componen la Biblia judía. Aquí se reseñan las diez plagas que Dios envió a los egipcios, la liberación y el peregrinaje durante cuarenta años por el desierto del Sinaí en camino a la ancestral tierra de los patriarcas Abraham, Isaac y Jacobo (también llamado Israel).

En este libro también se relata, como otro evento cumbre, el acto por el cual el pueblo de Israel recibe los 10 mandamientos bíblicos. Y es sobre esto lo que aquí trataré: los mandamientos sexto al décimo, en su versión original tal como aparecen en la Torá como base del Estado de derecho. Cinco mandamientos que hacen posible la convivencia y el progreso de las sociedades.

6º No matarás.

Asesinar a un individuo es la más grave violación del derecho privado de propiedad porque desaparece el capital humano del asesinado, el cual ya no generará esos flujos de ingreso para su familia y la sociedad, más el hecho de que provocará una pérdida sentimental cuyo valor no se puede medir; ¿cuánto vale para un hijo no tener padre o madre porque fueron asesinados?

7º No cometerás adulterio.

8º No robarás.

El ladrón, como agente racional que es, evalúa los beneficios del robo con los costos, los que dependen de las probabilidades de ser detectado, perseguido, capturado, procesado y condenado, y de la pena corporal correspondiente. Si las probabilidades referidas son muy bajas, el ladrón percibirá que puede actuar con impunidad. Por lo mismo, para desincentivar los robos, lo que se requiere, más que aumentar la pena, es incrementar la probabilidad de ser condenado. Esto implica que la sociedad tiene que destinar recursos, que tienen un costo de oportunidad, en la procuración y administración de la justicia.

9º No levantarás falso testimonio en contra de tu vecino.

Si la condena es el desprestigio, podría dañar sus relaciones personales y de actividades productivas, con la consecuente pérdida de ingresos. Si la condena es prisión, el individuo dejará de generar ingresos durante el periodo en el que esté encarcelado. Si la condena es una restitución monetaria, el individuo es forzado a transferir parte de su riqueza. Así, bajo cualquiera de los tres tipos posibles de condena, el individuo difamado experimenta una pérdida en el valor de su riqueza física y humana. Difamar a alguien viola sus derechos de propiedad.

10º No desearás la casa de tu vecino, no desearás la mujer de tu vecino, ni sus sirvientes, ni su buey ni su asno, ni ninguna de sus propiedades.

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