Publicado: marzo 8, 2025, 4:00 am
La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, nombró este viernes a Edgar Amador como nuevo secretario de Hacienda a partir de mañana sábado y designó al actual titular de la cartera, Rogelio Ramírez de la O, como asesor económico internacional.

Originario de Coahuila, Amador Zamora llegó a la Secretaría de Hacienda con el gobierno de Claudia Sheinbaum, en octubre del año pasado. Foto: Archivo
Edgar Amador, un maestro en Economía, es hasta ahora subsecretario de Hacienda. Ramírez de la O dejó el cargo después de más de tres años en el puesto, en un movimiento que se esperaba después de que el funcionario aceptara permanecer temporalmente durante el cambio de gobierno tras las elecciones del año pasado.
«Es un economista honesto, convencido de la Cuarta Transformación», dijo Sheinbaum en su cuenta en X refiriéndose a Amador. «Todo el equipo se queda; México tiene una economía fuerte», añadió, confirmando versiones de fuentes y medios que más temprano dieron la noticia.
Bajo este contexto, te compartimos algunas de las principales facultades (de un listado de más de 30) que tiene el titular de Hacienda, de acuerdo con el Manual de Organización General de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
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10 Principales facultades y funciones del titular de Hacienda
1.- Proponer políticas económicas y financieras al Ejecutivo Federal
Artículo 6, Fracción I:
«Proponer a la persona titular del Ejecutivo Federal la política del Gobierno Federal en las materias financiera, fiscal, de gasto público, crediticia, bancaria y de precios y tarifas de bienes y servicios del sector público, para la formulación y cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y sus programas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, así como coordinar la participación de la Secretaría en las materias monetaria y de divisas.»
2.- Elaborar y coordinar el Plan Nacional de Desarrollo
Artículo 6, Fracción II:
«Someter a consideración y, en su caso, aprobación de la persona Titular del Ejecutivo Federal, el Plan Nacional de Desarrollo y los programas regionales y especiales correspondientes, así como dictaminar los programas sectoriales, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.»
3.- Proponer el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo y el Programa del Gasto Público Federal
Artículo 6, Fracción III:
«Proponer, para aprobación de la persona Titular del Ejecutivo Federal, el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo y el Programa del Gasto Público Federal conforme a la política del Gobierno Federal en las materias a que se refiere la fracción I de este artículo, y dirigir la ejecución de dichos programas para apoyar el Plan Nacional de Desarrollo, así como coordinar la evaluación de sus resultados.»
4.- Refrendar decretos y reglamentos del Ejecutivo Federal
Artículo 6, Fracción X:
«Refrendar los reglamentos, decretos y acuerdos que expida la persona Titular del Ejecutivo Federal, sobre asuntos competencia de la Secretaría».
5.- Proponer el Presupuesto de Egresos de la Federación
Artículo 6, Fracción VIII:
«Proponer a la persona Titular del Ejecutivo Federal, a través de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.»
6.- Coordinar la política de seguridad nacional en materia financiera
Artículo 6, Fracción XIX:
«Coordinar las actividades de la Secretaría en materia de seguridad nacional, así como orientar las actividades de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría, a efecto de evaluar y dar seguimiento a las finanzas públicas y a la estabilidad, integridad y correcto funcionamiento y operación del sistema financiero mexicano y, en su caso, ordenar las medidas pertinentes.»
7.- Supervisar el Sistema Bancario Mexicano
Artículo 6, Fracción XX:
«Planear, coordinar, conocer la operación y evaluar el Sistema Bancario Mexicano respecto de las instituciones de banca de desarrollo, de las instituciones de banca múltiple en las que el Gobierno Federal tenga el control por su participación accionaria, así como de las demás entidades paraestatales sectorizadas a la Secretaría.»
8.- Otorgar y revocar autorizaciones a entidades financieras
Artículo 6, Fracción XXII:
«Otorgar y revocar autorizaciones para la constitución, organización, operación y funcionamiento de entidades financieras y otras entidades, cuando las leyes u otros ordenamientos jurídicos otorguen dicha facultad a la Secretaría.»
9.- Designar a los titulares de las comisiones regulatorias del sector financiero
Artículo 6, Fracción XXVII:
«Designar a las personas Titulares de las presidencias del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, así como conocer las resoluciones y recomendaciones que emitan las juntas de gobierno únicamente de las comisiones referidas, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicable.»
10.- Coordinar la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal
Artículo 6, Fracción XXXV:
«Determinar la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal, incluida la relativa al arrendamiento de inmuebles cuando la Administración Pública Federal tenga el carácter de arrendataria, salvo la que se refiere a playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o cualquier depósito de aguas marítimas, así como la de bienes muebles y de desincorporación de activos de la Administración Pública Federal.»
En resumen, las facultades y funciones del Secretario de Hacienda de México no solo reflejan su papel central en la conducción de la política económica del país, sino también su influencia en áreas clave como el sistema financiero y el gasto público.