Seis días después del paso de una DANA que ha arrasado carreteras, cultivos, infraestructuras y pueblos enteros del Levante peninsular aún hay dudas sobre cuál va a ser el balance final de muertos y los costes de todo ello, en términos económicos. Sobre esto último, lo único evidente es que las indemnizaciones van a ser millonarias. Por el momento, la patronal de los seguros Unespa ya lo ha calificado como el siniestro climático más costoso de la historia de España . Valgan algunas cifras, y es que ayer la asociación de autónomos ATA recordaba que en la zona afectada operan 54.200 empresas que dan empleo a 355.000 trabajadores. Además de estos, hay 51.000 autónomos y cerca de 35.000 locales comerciales. Importante es el dato de los autónomos, esas peluquerías, quioscos, colmados y demás negocios que se verán más afectados porque tienen menos músculo económico para afrontar los costes de la reconstrucción. Añádase a esto las casas que se han venido abajo, los sótanos anegados y los millares de coches echados a perder que estos días están por todas partes en Valencia. En este contexto es lógica la preocupación de los ciudadanos por saber quién puede cobrar indemnización, cuándo y cómo . Sobre esto, lo más importante -y así lo recordaba la organización de consumidores Facua la semana pasada- es que los desastres naturales están cubiertos tanto por el Consorcio de Compensación de Seguros, que depende del Ministerio de Economía y se encarga de cubrir los seguros de vida, hogar, vehículos, y empresas, como por Agroseguros, una agrupación que gestiona los seguros agrarios y ganaderos. Pero hay un matiz que hay que recordar, dadas las circunstancias, y es que solo se indemniza en los casos en los que hubiera un seguro contratado . A partir de ahí hay una serie de interrogantes que no en todos los casos pueden estar muy claros, por eso Unespa ha emitido un comunicado en el que trata de despejar dudas. «El tomador del seguro o el asegurado o el beneficiario deberán comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza un plazo más amplio»; esa es la literalidad de la Ley 50/1980, de 8 de octubre. Sin embargo, tanto el Consorcio de Seguros como Agroseguros han explicado estos días que, dadas las circunstancias, van a ser flexibles con los plazos. El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y las aseguradoras de las viviendas, los locales y las comunidades de propietarios indemnizarán los daños producidos, pero los importes desembolsados no podrán superar en ningún caso el valor del bien destruido o del límite estipulado en el contrato. Es decir, del llamado «capital asegurado» o «suma asegurada». El «capital asegurado» o «suma asegurada» es la cuantía máxima que pagará el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) o la aseguradora por los daños que se han producido en un bien. En este caso, hay que considerar el capital asegurado de la póliza de la comunidad de propietarios, por un lado, y el que figura en cada uno de los seguros de hogar o comercio de los propietarios de la comunidad. Es posible que los seguros de los propietarios de viviendas que tuvieran un seguro de hogar incluyan la cobertura de inhabitabilidad. En estos casos, explica la patronal, su aseguradora les proporcionará ayuda para buscar un alojamiento temporal. Habitualmente, para unos días. El alcance de esta protección dependerá de las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días, etc.). Es importante conservar los recibos de los gastos en que se incurra para acreditarlos después. Los propietarios que destinaban su vivienda o local al alquiler y lo tenían así especificado en su contrato de seguro, podrán recibir una indemnización por la pérdida de las rentas en las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días…). «Las ayudas públicas son compatibles con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de un seguro sin que en ningún caso el importe total de todos los pagos pueda superar el valor del daño producido. El Plan de Seguros Agrarios especifica que todo lo que es susceptible de ser asegurado no es objeto de ayudas públicas», explica Unespa en su nota.