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Víctor Arpa, abogado laboralista, advierte a las víctimas del accidente de Toledo: «No conviene aceptar cualquier indemnización»

Publicado: octubre 30, 2026, 12:04 pm

El accidente de Urda ha paralizado al país; al menos 69 personas han perdido la vida y muchos otros han resultado heridos o se han visto afectados de una u otra manera. En este contexto, mientras las investigaciones avanzan para esclarecer los hechos, también van surgiendo dudas respecto a los derechos que tienen las víctimas de la tragedia ferroviaria, entre los que se incluyen las prestaciones, indemnizaciones, permisos, etc.

Víctor Arpa, abogado laboralista, ha comentado en una entrevista para AQHT cuáles son las medidas de protección que la ley contempla para quienes han sufrido accidentes de esta magnitud y sus familiares, que también podrían necesitar ausentarse de sus puestos de trabajo para acompañar a sus seres queridos o gestionar el luto. En principio, Arpa recuerda que existen desde cinco días de permiso retribuido hasta bajas médicas.

Permisos y bajas para los familiares afectados

El Estatuto de los Trabajadores establece cinco días de permiso retribuido por hospitalización, accidente o enfermedad grave cuando se trata de un cónyuge o familiar de hasta segundo grado de consanguinidad; es decir, padres, hermanos, hijos e incluso abuelos. El abogado laboralista insiste en que una tragedia con estas características requiere que muchos de los afectados hagan uso de este derecho para el cuidado efectivo de sus seres queridos.

También se puede solicitar una adaptación de jornada. La idea es poder conciliar el cuidado de familiares en grave estado de salud y el trabajo. Eso sí, su concesión no es automática; deben comprobarse las circunstancias y la normativa. Por la misma línea está la reducción de jornada por cuidado de familiares; sin embargo, Arpa advierte que esta implica una disminución proporcional del salario, o una excedencia. Esta última no es remunerada.

En el peor de los casos, cuando se trata del fallecimiento de un familiar, las empresas deben, por ley, otorgar al trabajador dos días retribuidos que se pueden extender a cuatro o más dependiendo de los convenios colectivos vigentes.

Permisos y bajas para los pasajeros

Ahora bien, cuando se trata de los pasajeros del tren, existen diferentes permisos dependiendo del motivo de su desplazamiento. Víctor Arpa explica tres situaciones clave: un accidente in itinere, que se da cuando el trabajador se desplaza del domicilio a su trabajo o viceversa; accidente en misión, el viaje respondía a un encargo o desplazamiento profesional; y el accidente laboral, aplicable a los trabajadores a bordo del tren.

En estos casos, la prestación por incapacidad temporal equivale al 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja. Pero Arpa señala que hay convenciones que contemplan hasta el 100% de la remuneración de referencia.

Un accidente como el de Toledo implica también secuelas psicológicas, además de las lesiones físicas. Arpa explica que «una persona puede no tener una fractura y, sin embargo, sufrir un estrés postraumático que le impida trabajar». Por eso, las víctimas pueden solicitar una valoración médica para justificar la baja por incapacidad temporal por dichas razones.

Indemnizaciones para los afectados

Más allá de los permisos y las prestaciones, el abogado insiste en la importancia de actuar con precaución durante las primeras semanas posteriores al accidente. «No tienen que esperar a que termine toda la investigación para empezar a tramitar sus derechos», advierte. Pero también da otra recomendación importante para los afectados: «Tampoco conviene aceptar cualquier indemnización final cuando todavía no se conocen las secuelas».

Los pasajeros de los trenes accidentados tienen derecho, en primer lugar, a las compensaciones del Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), una cobertura que está incluida en el precio del billete y que protege frente a las lesiones, la incapacidad permanente o temporal y el fallecimiento. Las cantidades dependen de la gravedad. El baremo contempla hasta 72.121,46 euros por fallecimiento, 54.090 euros en los supuestos de gran invalidez y 42.070 euros por invalidez permanente total.

Para el resto de lesiones, las cantidades varían en función de su clasificación. El pago corresponde a la aseguradora con la que tenga contratado el SOV la compañía ferroviaria en cuyo tren viajaba el afectado. En el caso de Renfe, la cobertura está suscrita con Everest Insurance, mientras que Iryo tiene contratado este seguro con AIG Europe.

Finalmente, los afectados podrían tener derecho a cobrar de sus propios seguros de vida o accidentes si disponen de alguna póliza que contemple este tipo de situaciones. Por ello, los especialistas recomiendan conservar los billetes, informes médicos, facturas, partes de baja y cualquier documento que permita acreditar las consecuencias del accidente.

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