Publicado: septiembre 21, 2026, 9:10 am
La jornada de 35 horas semanales no es una novedad. El Gobierno aprobó en abril la reducción para el personal de la Administración General del Estado (AGE), pero ahora el cambio llega a otro colectivo: el personal al servicio de la Administración de Justicia y los letrados de la Administración de Justicia. En este caso, las nuevas condiciones entran en vigor este martes, 22 de septiembre, después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado de las dos resoluciones que regulan la nueva jornada.
Los trabajadores de este sector pasan entonces a tener un cómputo de 1.512 horas anuales. Además, la regulación contempla mecanismos específicos para compensar las horas realizadas fuera del horario ordinario y establece una jornada intensiva durante parte del verano. Se trata, por tanto, de la adaptación de la jornada que ya se había implantado en la AGE a las particularidades de la Administración de Justicia.
Ahora bien, los calendarios laborales deberán concretar cómo se distribuyen esas horas a lo largo del año, además de los horarios de atención al público y las condiciones de la jornada durante los meses de verano. También se contempla cierta flexibilidad en las horas de entrada y salida, siempre dentro de los límites establecidos.
Compensaciones por horas extra
Uno de los aspectos más relevantes de la nueva regulación está relacionado con las horas que se realicen fuera de la jornada ordinaria por necesidades del servicio. La norma establece compensaciones específicas cuando determinadas actuaciones procesales urgentes o inaplazables obliguen a prolongar el horario de trabajo.
Así, las horas realizadas entre las 17:00 y las 22:00 horas de lunes a viernes tendrán una compensación equivalente a dos horas de trabajo por cada hora realizada. En el caso de las horas trabajadas entre las 22:00 y las 7:30 horas del día siguiente, así como durante sábados, domingos y festivos, el cómputo será de dos horas y media por cada hora trabajada.
Estas compensaciones podrán traducirse en tiempo de descanso. Cuando las horas acumuladas generen un exceso respecto a la jornada correspondiente, podrán compensarse dentro del horario flexible del mes siguiente o, cuando esto no sea posible, mediante días de permiso. La norma establece algunas excepciones, entre ellas determinados servicios de guardia y otras prolongaciones que ya tengan un sistema específico de compensación.
Eso sí, no todos los trabajadores tendrán exactamente el mismo régimen. Para los puestos sujetos a un sistema de dedicación especial, la jornada podrá alcanzar las 37 horas y media semanales. La Administración determinará qué puestos quedan incluidos en esta modalidad y cómo debe organizarse su horario.
Horarios intensivos de verano
La nueva jornada también modifica la organización del trabajo durante los meses de verano. Entre el 16 de junio y el 15 de septiembre podrá establecerse una jornada intensiva de 32 horas y media semanales para el personal con jornada general. Esta posibilidad también se contempla para los Letrados de la Administración de Justicia.
En paralelo, quienes tengan reconocida una reducción de jornada por interés particular podrán realizar cinco horas diarias, de lunes a viernes, con una retribución equivalente al 75% de la correspondiente a la jornada completa, siempre que no estén sometidos a un régimen de dedicación especial.
