Publicado: abril 21, 2026, 12:34 pm
De todas las inversiones que tributan en la renta los dividendos son una de las más sencillas y complejas al mismo tiempo. Y esa complejidad se centra en dos puntos concretos: los script dividend y los dividendos extranjeros.
En este artÃculo vamos a ver en detalle la segunda de las complejidades. En otras palabras, cómo incluir en la renta los dividendos que provienen de acciones y ETFs extranjeras y cómo hacerlo sin perder dinero por la temida doble imposición que afecta a estos ingresos. Y es que, si no se tributan bien estos dividendos, es fácil perder más de un 30% del beneficio repatido.
Cómo tributan los dividendos de empresas en el extranjero
La base de los dividendos de acciones y ETFs ubicados fuera de España no cambia: son una retribución de la empresa a sus accionistas o el reparto de esa retribución por parte del ETF o fondo cotizado. Tampoco cambia la base de su fiscalidad y tributación por tratarse de dividendos extranjeros.
Los dividendos son un rendimiento de capital mobiliario que tributa dentro de las rentas del ahorro junto con cuentas remuneradas o Letras del Tesoro a unos tipos que van desde el 19% hasta el 28% en la renta 2025 (la que presentamos en 2026) y que han subido al 30% para el ejercicio en curso. Los tipos concretos que se aplican son los siguientes:
- Hasta 6.000 euros – 19%.
- ​Entre 6.000 y 50.000 euros – 21%.
- ​Entre 50.000 y 200.000 euros – 23%.
- ​Entre 200.000 y 300.000 euros – 27%
- ​Más de 300.000 euros – 28% (ha subido al 30% en 2026).
¿Dónde están entonces las diferencias de los dividendos extranjeros? La clave de todo está en las retenciones de IRPF por lo que se conoce como doble imposición.
En qué consiste la doble imposición en dividendos
La doble imposición sucede cuando una misma renta está sujeta a tributación en dos jurisdicciones fiscales distintas. Es decir, cuando dos paÃses aplican impuestos similares sobre un mismo ingreso y eso es precisamente lo que puede suceder con los dividendos que se cobran de empresas de fuera de España: es muy fácil que paguen impuestos dos veces por el mismo hecho fiscal.
Para que lo entiendas mejor, la secuencia de retención y pago de impuestos serÃa la siguiente:
- El paÃs de origen, que es donde reside fiscalmente la empresa, practica una primera retención de IRPF sobre el dividendo. Esa retención se queda en ese paÃs, es decir, no se traslada a la Hacienda española ni al IRPF del inversor. Esto se conoce como retención de origen.
- Al hacer la renta, el inversor debe incluir el dinero que ha recibido en forma de dividendo del extranjero y pagar impuestos por él. En concreto, ese 19%-28% que hemos visto según el total de sus inversiones.
Vamos a verlo con un ejemplo concreto. Imaginemos un dividendo de 100 euros de una empresa estadounidense que aplica una retención del 30%. De salida, la hacienda norteamericana se queda ya con 30 euros de ese ingreso, por lo que al inversor le llegan solo 70 euros su bolsillo.
Sobre esa cantidad habrá que pagar impuestos en la renta. Si están en el tramo del 19%, supondrá 13,3 euros, por lo que al final, sobre 100 euros solo se habrán cobrado 56,7%. ¿Resultado? Un 43,3% de impuestos. Ese es el efecto de la doble imposición que afecta a los dividendos extranjeros.
Cómo recuperar la retención en dividendos extranjeros
Para evitar este efecto negativo existen los tratados de doble imposición, que son acuerdos entre paÃses que limitan la retención en origen a un 15% que después se podrá recuperar al hacer la declaración de la renta.
Para hacerlo, basta con rellenar la casilla 0588 de la renta de «Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base del ahorro». Ahà deberás consignar los dividendos retenidos en el extranjero con paÃses con los que España tenga acuerdo de doble imposición que puedes consultar en este enlace de la Agencia Tributaria.
Después en la casilla de «Impuesto satisfecho en el extranjero» aparecerán todas las retenciones en origen que hayas sufrido hasta un máximo de un 15% por dividendo. Y es que ese es el porcentaje que podrás recuperar, algo que plantea dudas si esa retención ha sido mayor.
Qué pasa con las retenciones por encima del 15%
Como hemos visto con el ejemplo de los dividendos estadounidenses, la retención en origen puede superar ampliamente el 15% del convenio por doble imposición. Cuando eso ocurre, recuperar el exceso de retención dependerá del paÃs donde esté radicada la empresa de la que se ha cobrado el dividendo.
A modo de ejemplo, en Estados Unidos es posible recuperar ese dinero, pero solo si se actúa de antemano. Para hacerlo hay que rellenar el formulario W-8BEN, con el que se informa al fisco norteamericano que no eres residente fiscal en Estados Unidos y que no deben aplicarte la retención del 30%, sino de solo el 15%. Asà al hacer la renta recuperarás el total de lo retenido. Sin embargo, no todos los paÃses funciona de la misma forma, por lo que es necesario informarse región a región.
Qué pasa si no hay un convenio de doble imposición
Aquà es donde la cosa se complica todavÃa más. La solución dependerá de la legislación especÃfica de cada paÃs, igual que el porcentaje de retención. Habrá estados donde los trámites para recuperar esa retención en origen sean más fáciles, otros en los que sean más complejos y otros en los que directamente no sea posible.
En cualquier caso, lo que sà podrás hacer en el IRPF es recuperar las retenciones que te hayan practicado hasta ese máximo del 15%, exista o no acuerdo de doble imposición.
Como norma general y resumen, la mayorÃa de grandes paÃses tienen acuerdos para evitar la doble imposición, por lo que no terminarás pagando de más por los dividendos de empresas extranjeras.
