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El Supremo pide un quinto suplicatorio contra Alvise por provocar desórdenes públicos

Publicado: noviembre 5, 2026, 11:07 am

Actualizado Jueves,
5
noviembre
2026
–
12:59

El Tribunal Supremo ha emitido un suplicatorio al Parlamento Europeo para que suspenda la inmunidad del eurodiputado Luis Pérez Fernández, conocido como Alvise, por un delito de provocación a los desórdenes públicos durante unas protestas del sector agrario ocurridas en febrero de 2024. Así lo ha acordado la magistrada de la Sala Penal del Supremo Carmen Lamela para continuar la causa penal que instruye contra él. Es el quinto suplicatorio elevado por el Supremo contra el eurodiputado.

La Sala investiga diversas publicaciones que realizó el eurodiputado en su canal de Telegram -identificado como «Alvise Pérez»- entre los días 6 y 10 de febrero de 2024, en el contexto de las protestas del sector agrario.

En las publicaciones se alude al colapso de ciudades, al corte de accesos, a la actuación sobre centros logísticos, refinerías, puertos y redes de distribución, al empleo de vehículos propios para apoyar cortes circulatorios y a la coordinación de actuaciones durante las protestas del sector agrario. También se recogen expresiones relativas a la necesidad de aprovechar la insuficiencia de efectivos policiales, mantener la coordinación y perseverancia y apoyar piquetes y bloqueos.

Así, la juez sostiene que dichas publicaciones «no se limitan a la expresión de una crítica política, a la adhesión a una protesta social o a la mera convocatoria de una movilización sectorial». En su lugar, «incorporan llamamientos concretos» a las acciones descritas «para afectar gravemente al orden público».

En concreto, la magistrada apunta «la potencialidad movilizadora del canal y el riesgo de que los mensajes difundidos pudieran generar dinámicas de actuación colectiva gravemente perturbadoras del orden público».

Además, la magistrada observa que Alvise publicó dichos contenidos antes de adquirir su condición de diputado en el Parlamento Europeo. Por lo que los hechos no se refieren a opiniones o votos emitidos por Alvise en el ejercicio de sus funciones.

SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR FALSA PRUEBA COVID DE ILLA

Por otro lado, la Sala ha dictado otro auto en el que se acuerda el sobreseimiento de la causa que instruía contra Alvise por delitos de falsedad e injurias en relación a la difusión en su cuenta de Twitter de una falsa prueba de COVID del actual presidente de la Generalitat de Cataluña, Salvador Illa, al considerar que no hay indicios suficientes en este caso para elevar suplicatorio al Parlamento Europeo.

En este caso, el magistrado que instruye esta causa, Javier Hernández, señala que no ha identificado indicios suficientes de criminalidad que sostengan, con la mísima consistencia que justifique elevar al Parlamento Europeo un suplicatorio, que éste falsificó el documento que difundió en Twitter o que lo hizo conociendo su falsedad.

Sobre el delito de injurias, considera que la acción no alcanzó el nivel de humillación, grave menosprecio o descrédito para activar la vía penal. Así, deja expedita la vía de ejercicios de acciones de naturaleza civil en defensa del derecho que se considere lesionado.

En ese sentido, indica que esta consideración no quiere decir que Salvador Illa no tenga derecho a proteger su honor y a reaccionar frente a conductas que injustamente menoscaban su fama o su propia estimación.

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