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La Audiencia Nacional levanta la prohibición de trasladar a inmigrantes a las instalaciones provisionales del Puerto de Ceuta

Publicado: septiembre 17, 2026, 2:09 pm

Actualizado Jueves,
17
septiembre
2026

15:39

La Audiencia Nacional ha levantado este jueves la prohibición de trasladar al Puerto de Ceuta a parte de los inmigrantes que llegaron en la entrada masiva de finales de julio y que permanecen en la ciudad autónoma.

«No está justificada la adopción de la medida solicitada, pues los razonamientos que se exponen gravitan sobre la idea de que se pretende que la atención humanitaria a las personas migrantes se preste en condiciones de seguridad verificadas y documentadas, y a la protección de la seguridad y salud laboral de los funcionarios de la Policía Nacional», indica el tribunal de lo Contencioso-Administrativo.

La Sección Octava había acordó ayer la paralización de ese traslado hasta poder estudiar la solicitud del Sindicato Unificado de Policía (SUP) de bloquear de forma urgente los planes del Gobierno central de resolver así la ubicación y control de los inmigrantes.

Los tres magistrados han estudiado ya la resolución del Ministerio de Transportes y no han hallado motivo para adoptar la medida cautelarísima por los motivos de «protección, emergencias y prevención de riesgos laborales» que alegaba el sindicato policial.

La resolución recurrida, indica el tribunal, indica que existen «razones de interés general que justifican el otorgamiento de la autorización solicitada, […] sin perjuicio de la adopción de las medidas necesarias para garantizar su compatibilidad con la seguridad, protección y normal explotación del puerto». Añade que, de manera expresa, Transportes prevé instar del Ministerio del Interior su «colaboración activa y aportación de medios necesarios para reforzar la seguridad».

«De manera», dice la Sala, «que serán las disposiciones adopte el Ministerio del Interior las que determinen esas condiciones de seguridad para los agentes que presten servicio en las instalaciones y para los propios migrantes y demás personal allí destinado».

El resultado es que no estima necesario acordar de forma inmediata la paralización, si bien el estudio y decisión final de la medida cautelar seguirá adelante tras pedir informes al respecto a las partes afectadas.

La paralización de poco más de 24 horas fue acordada por la Sala en la mañana de ayer, al comprobar que no disponía de la resolución contra la que se dirigía el SUP, ya que no se había publicado en el BOE. Eso llevó a los magistrados a dar a Transportes un plazo para entregarla que vencía a las 12h de ayer. Finalmente, recibió la resolución y el expediente con algo de retraso, a las 14.03h.

El expediente incluye la negativa inicial del Consejo de Administración de la autoridad portuaria de Ceuta a ceder en torno a 16.000 metros cuadrados.

La orden ministerial que ordena esa cesión razona que en ese terreno se prevé «la instalación temporal de los elementos necesarios para el desarrollo de las funciones legalmente atribuidas a la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional». Eso incluye «carpas y otros espacios destinados a zona de descanso, enfermería y dispensario, así como de áreas para la atención e intervención social, servicios sanitarios, oficinas para el personal de la entidad encargada de la prestación del servicio y una caseta destinada al servicio de seguridad».

Añadía Trasnportes que las parcelas cuya ocupación se acordaba formaban parte «de los recursos de la Administración General del Estado puestos a disposición de la autoridad funcional para la gestión de la situación de interés para la Seguridad Nacional declarada en la ciudad de Ceuta».

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