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Alquiler de plaza de garaje: qué dice Hacienda y cómo declararlo

Publicado: abril 6, 2026, 10:28 am

Hoy en día, son muchas las personas que prefieren moverse en transporte público, ya sea por ahorrar, cuidar del medio ambiente o simplemente por practicidad. Así, quienes tienen plazas de garaje y no hacen uso de ellas, suelen optar por alquilarlas para hacer un dinero extra. Ahora bien, está claro que los montos que entran por esta actividad económica no son exagerados; sin embargo, deben declararse en el borrador de la Renta.

La Agencia Tributaria tiene entonces una misión: localizar y controlar los arrendamientos urbanos según cómo se haya formalizado el alquiler. Por ejemplo, si alquilas una plaza de garaje como un anexo a la vivienda dentro del mismo contrato, esta se declara como parte de la propiedad y la operación queda exenta de IVA, pues los ingresos simplemente se suman al alquiler total de la casa. Pero si la plaza se alquila a un tercero, existe una obligación fiscal que muchos desconocen.

Cómo declara el alquiler de la plaza de garaje

Quien alquila una plaza de garaje a un tercero debe aplicar el 21 % de IVA en cada recibo. De hecho, los arrendadores están obligados a darse de alta en el censo de empresarios, emitir facturas legales y presentar las declaraciones trimestrales de IVA (modelo 303). Para declararlo, hace falta tributar como «imputación de rentas inmobiliarias», es decir, entre el 1,1 % o el 2,2 % del valor catastral.

Para declarar esta actividad por medio de la web, debes acceder al apartado de Bienes Inmuebles y seleccionar el uso «Arrendamiento» para los días que estuvo alquilada. Si el inquilino es una empresa o profesional, este debe retenerte un 19% de IRPF e ingresarlo en Hacienda por ti.

Sanciones por omitir el alquiler de una plaza de garaje

Hacienda puede detectar los ingresos, incluso si solo se trata de 70 o 100 euros mensuales. Y es que el cruce de datos con las administraciones de fincas y el control de los movimientos bancarios están automatizados. A día de hoy, no vale la pena arriesgarse a sanciones que oscilan entre el 50 % y el 150 % de esas cantidades no ingresadas, más los intereses de demora y las multas por no presentar la declaración con el IVA que le corresponde.

Recuerda que también debes incluir la plaza en la declaración de la renta aunque esté vacía, ya que Hacienda estima un beneficio para los propietarios de un inmueble que no sea una vivienda habitual, aplicándolo sobre el valor catastral.

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