Publicado: septiembre 17, 2026, 10:00 am
Una separación es para muchos un evento traumático. No solo porque la relación con esa persona especial ya no funciona, sino también por la gestión de dividir una vida que hasta el momento se llevaba de manera conjunta. De hecho, una de las dudas más frecuentes durante una ruptura es quién se queda con qué, incluyendo el alquiler.
El portal inmobiliario Fotocasa explica cómo es que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) resuelve estas situaciones, qué ocurre con la titularidad y los pasos a seguir para que no se convierta en un dolor de cabeza. Eso sÃ, tu expareja no puede, de manera unilateral, obligarte a desalojar la vivienda. El artÃculo 15.1 de la LAU protege expresamente al cónyuge aunque no haya firmado el contrato de alquiler.
Además, hay un detalle clave: en caso de hijos, el uso del piso se asigna judicialmente según la custodia de los menores o la necesidad económica de cada parte. La protección de los niños o adolescentes y de la pareja más vulnerable prima incluso sobre el nombre en el contrato.
¿Qué ocurre con el alquiler según quién firmó el contrato?
Cuando esa atribución es permanente o supera el tiempo que queda de contrato, el cónyuge que permanece en la vivienda pasa a ser titular del arrendamiento. Para ello, debe comunicar al propietario su voluntad de continuar en el inmueble en un plazo de dos meses desde que se le notifique la resolución judicial y aportar una copia de esta.
La situación cambia cuando ambos miembros de la pareja aparecen como titulares del contrato. En ese caso, la separación no libera automáticamente a ninguno de ellos de las obligaciones asumidas frente al arrendador. Fotocasa explica que, si uno de los dos va a abandonar la vivienda y el otro continuará en ella, lo recomendable es formalizar el cambio de titularidad y comunicarlo al propietario.
Las condiciones concretas dependerán también de lo establecido en el contrato, especialmente en relación con la responsabilidad de cada arrendatario frente al pago de la renta. Y es que debes seguir pagando el alquiler si tu nombre figura en el contrato. Para el propietario, la ruptura sentimental de la pareja no anula las cláusulas firmadas en el contrato.
¿Y si el arrendamiento se cancela o desiste por sorpresa?
También existe protección para el cónyuge que convive con el arrendatario cuando este decide abandonar la vivienda o desistir del contrato. El artÃculo 12 de la LAU establece que, si el arrendatario manifiesta su intención de no renovar o desistir sin el consentimiento de su cónyuge conviviente, el alquiler puede continuar en beneficio de este. El propietario puede requerirle para que manifieste si desea continuar y, en ese caso, dispone de 15 dÃas para responder.
Si el arrendatario abandona la vivienda sin comunicar expresamente el desistimiento, el cónyuge conviviente también puede continuar en el alquiler si notifica por escrito al propietario su voluntad de convertirse en arrendatario dentro del plazo de un mes.
