Publicado: julio 13, 2026, 11:24 am
Las vacaciones de verano ya han comenzado y las carreteras españolas vuelven a registrar un importante aumento del tráfico, por lo que, para hacer frente a la inmensa cantidad de desplazamientos, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha activado la Operación Verano 2026, que estará en marcha hasta el 31 de agosto.
Según datos de la propia DGT, durante los meses de julio y agosto se esperan más de 104 millones de viajes por carretera, lo que supone un 3,7% más que el año pasado. Por ello, Tráfico reforzará la vigilancia con más controles de velocidad y nuevos radares de pequeño tamaño que pueden cambiar de ubicación con rapidez.
Detector de radar: sanción de 500 euros y tres puntos del carnet de conducir
Precisamente, ante la presencia de estos controles, algunos conductores deciden instalar dispositivos para intentar evitar las multas, pero no todos son legales. En algunos casos basta con llevarlos en el coche para ser sancionado, aunque no se estén utilizando. Por ejemplo, uno de ellos es el detector de radar, cuya función consiste en localizar las señales que emiten determinados cinemómetros (radar de tráfico).
Se trata de un aparato que escanea de forma continua las frecuencias en las que funcionan determinados radares de velocidad y, cuando detecta una de esas señales, notifica al conductor mediante un sonido o una alerta en pantalla. Lo que hace es avisar de la proximidad de un control para que el vehículo reduzca la velocidad antes de ser captado por el radar. Aunque este sistema no altera su funcionamiento, la normativa prohíbe llevarlo instalado en el vehículo.
Desde la DGT explican que la sanción en este caso es de 500 euros y la retirada de 3 puntos del permiso de conducir. Remarcan que no vale como defensa decir que el aparato estaba apagado o desconectado, ya que la infracción simplemente se produce por el hecho de llevarlo instalado. Las consecuencias son todavía más duras si se trata de un inhibidor de radar.
Inhibidor de radar: sanción de 6.000 euros y seis puntos del carnet de conducir
Estos dispositivos no solo detectan la presencia del cinemómetro, sino que además emiten una señal para interferir en su funcionamiento e impedir que pueda medir correctamente la velocidad del vehículo, por lo que la ley considera que su uso es una infracción muy grave. Aquel que sea sorprendido con un inhibidor se enfrentará a una multa de 6.000 euros y la pérdida de seis puntos del carnet de conducir.
Si llegado el caso, el dispositivo no se puede retirar en ese momento, los agentes pueden llegar a inmovilizar el vehículo. La normativa también prevé sanciones hasta los 20.000 euros para los talleres de profesionales que instalen este tipo de dispositivos. Realmente, la única alternativa legal permitida son los avisadores de radares que funcionan mediante GPS y utilizan la ubicación de los radares fijos, una información que es pública y de ahí su legalidad.
