Publicado: mayo 7, 2026, 2:23 pm
No importa dónde vivas, si es una gran ciudad o un pueblo con unos cuantos miles de habitantes, lo más probable es que si das un paseo por las calles del centro y miras las fachadas te encuentres con algún vecino que usa su balcón para secar la colada. Quizás con un tendedero o tal vez colgando la ropa directamente sobre las barandas o los marcos de las ventanas. En Lorca (Región de Murcia, 99.000 vecinos) eso está a punto de cambiar. Allí el Ayuntamiento ha decidido que prácticas así enturbian la imagen de la villa, con lo que quieren castigarlas con multas de hasta 1.500 euros.
No son los primeros en declararles la guerra a costumbres así, aunque sus multas resultan especialmente cuantiosas.
¿Qué ha pasado? Que en Lorca quieren acabar con una imagen relativamente frecuente en las ciudades y pueblos de España: los balcones y fachadas con ropa tendida. Hace unos días su Ayuntamiento acordó (con los votos del PP y Vox) modificar la ordenanza que desde 2010 combate las «actuaciones antisociales» en la localidad. La idea es añadirle un nuevo apartado para «proteger la imagen de edificios, fachadas y espacios visibles» desde la calle. Y eso pasa, entre otras cosas, por acabar con el uso indiscriminado de tendederos.
¿Qué han decidido exactamente? La idea, aclaran desde el Consistorio, es prohibir «toda clase de actos o conductas que afecten negativamente» a la imagen de los edificios y el entorno urbano, «provocando su degradación». Suena algo vago, pero lo cierto es que sus impulsores distinguen entre dos tipos de infracciones muy concretas: las leves, que serán castigadas con multas de entre 151 y 750 euros, y las graves, cuya penalización puede dispararse hasta los 1.500.
¿Sabemos algo más? Sí. Aunque la actualización de la ordenanza aún no se ha publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), el Ayuntamiento ha lanzado un comunicado en el que detalle qué conductas sancionará a partir de ahora. Si hablamos de «infracciones leves», las que pueden acarrear multas de hasta 750 euros, cita tres:
a) Tender toda clase de ropa en las barandas de los balcones y en los dinteles inferiores de las ventanas.
b) Acumular en los balcones enseres tales como colchones, somieres, bombonas de butano, así como cualquier otro elemento ajeno al uso propio de este espacio de la vivienda.
c) No retirar la cartelería, toldos, placas y banderolas de los negocios una vez haya cesado su actividad.
¿Y las infracciones graves? Esas son las que más costarán a los lorquinos, que pueden enfrentarse a multas de entre 751 y 1.500 euros. A la espera de que las nuevas restricciones queden plasmadas oficialmente en la ordenanza de 2010, el Consistorio ha avanzado en su comunicado qué prácticas considerará «infracciones graves» a partir de ahora:
a) La instalación de tendederos en la fachada principal de los edificios salvo que se ubiquen en huecos dispuestos para tal fin o protegidos por mamparas o celosías que estéticamente queden integradas en el entorno.
b) La no retirada de aparatos de aire acondicionado o salidas de humos en las fachadas de los edificios que se encuentren en mal estado de conservación.
¿Tan importante es? Si preguntamos al Ayuntamiento de Lorca, la respuesta es sí. Su alcalde, Fulgencio Gil, reivindica que «el objetivo es concienciar, ordenar y mejorar la convivencia», e insiste: «El estado de fachadas, balcones y elementos visibles desde la vía pública forma parte de la percepción general que se tiene de Lorca, por lo que esta ordenanza viene a respaldar un comportamiento ejemplar».
Y aunque el Consistorio argumenta que el cambio adaptará la ordenanza de 2010 a las «nuevas necesidades», también asegura que se ha impulsado en gran medida porque así lo reclamaban los propios habitantes de la localidad.
«Responde a una demanda creciente trasladada por vecinos, colectivos sociales y asociaciones ciudadanas, que vienen reclamando una regulación más concreta frente a situaciones que deterioran la imagen urbana y generan sensación de abandono en distintos barrios y zonas del casco urbano», remarca.
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¿Es un caso único? No exactamente. Lorca no es el primer ayuntamiento de España que aclara qué se puede hacer (y qué no) en los balcones de los edificios. Faro de Vigo recuerda por ejemplo que en la ciudad gallega la normativa local también restringe el tendido de ropa en balcones de tal forma que sea visible desde la calle, además de sacudir prendas, vaciar cubos de fregar en las aceras o colgar adornos en los balcones que puedan suponer un peligro para los peatones.
En otras partes de España, como Andalucía, también hay localidades que regulan el tendido de prendas en las terrazas. Lo mismo ocurre en grandes ciudades, como Barcelona, donde en 2025 circuló el rumor de que iba a adoptarse una nueva medida para endurecer el control, cuando en realidad el tema está regulado desde los años 90. En Madrid, la cuestión se aborda en las Normas Urbanísticas, que aclaran que los tendederos deben disponer de «un sistema de protección que dificulte la visión de la ropa desde la vía pública» y «no podrán integrarse en los balcones».
Imagen | Fernando (Flickr)
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La noticia
Lorca quiere mejorar su aspecto. Así que multará con hasta 1.500 euros a quienes tiendan ropa en los balcones
fue publicada originalmente en
Xataka
por
Carlos Prego
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