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Opinión: la Argentina se prepara para un histórico desembarco en Turquía

Publicado: noviembre 8, 2025, 5:13 pm

Hace algunos meses celebramos la derogación del antiguo decreto 322 de 1973, que abrió una nueva etapa de desregulación comercial para la ganadería argentina. El destino más relevante y ambicioso que se vislumbró de inmediato fue Türkiye (Turquía), el segundo mayor importador de ganado del mundo y principal comprador en mercados abiertos.

Sin embargo, ese optimismo inicial vino acompañado de un llamado a la acción. Para transformar la oportunidad en un flujo comercial sostenido, era necesario superar dos obstáculos clave: el estatus sanitario frente a la fiebre aftosa y la falta de trazabilidad individual.

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Con la publicación de la resolución 841/2025 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), publicada el 3 de noviembre pasado, la Argentina da un paso decisivo hacia la trazabilidad total del rodeo nacional, lo que constituye un avance significativo en la modernización y eficiencia de la gestión ganadera.

Turquía, en su alineación con normativas europeas y sus estrictos requisitos sanitarios posteriores a 2011, había identificado como una deficiencia crítica la identificación argentina basada en el rebaño, solicitando que los animales fueran marcados individualmente

Turquía, en su alineación con normativas europeas y sus estrictos requisitos sanitarios posteriores a 2011, había identificado como una deficiencia crítica la identificación argentina basada en el rebaño, solicitando que los animales fueran marcados individualmente.

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Esta norma aborda con contundencia esta cuestión al reglamentar el Sistema Nacional de Identificación Electrónica de Animales para el ganado bovino, bubalino y cérvido, estableciendo:

1. Identificación Individual Electrónica Obligatoria: a partir del 1 de enero de 2026, se hace obligatorio el uso de tecnología electrónica para la identificación individual de terneros bovinos y bubalinos al destete o antes de su primer movimiento. Esta medida se irá incorporando progresivamente hasta alcanzar la totalidad de las existencias mediante la reposición.

2. El binomio de identificación: el medio oficial de identificación se establece como un binomio compuesto por dos dispositivos: una tarjeta visual y un dispositivo electrónico (botón, bolo o microchip inyectable por radiofrecuencia – RFID).

3. Precisión y sanidad: los identificadores electrónicos permiten una lectura más rápida y precisa que los tradicionales, eliminando posibles errores en las bases de datos. Esta trazabilidad completa, desde la cría hasta la distribución, fortalece el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa).

4. Cumplimiento de estándares internacionales: la identificación individual electrónica es esencial para el cumplimiento de los requisitos sanitarios y de trazabilidad exigidos por los mercados internacionales, que imponen estándares cada vez más estrictos. La OMSA recomienda estos marcos reglamentarios claros como componentes clave para la mejora de la sanidad animal y la seguridad alimentaria.

Esta reglamentación elimina la barrera técnica que Turquía había señalado en 2018. Al exigir la identificación electrónica individual, la Argentina cumple la promesa de implementarla desde 2026, allanando el camino para exportar animales que cumplan los requisitos sanitarios y religiosos (Halal).

Desde la Cámara de Comercio Argentino Turca atribuimos una gran importancia a este progreso. Hemos acompañado estos esfuerzos, realizando reuniones con productores y empresarios turcos para generar los vínculos necesarios. Estamos convencidos de que, con estos avances regulatorios, la Argentina puede y debe consolidarse como un proveedor confiable y competitivo de ganado en pie para Turquía, fortaleciendo una relación bilateral de potencial inmenso.

Y en ese sentido, vale destacar que, si bien la trazabilidad individual ya es una realidad legislada, aún nos quedan pasos cruciales por dar, que requieren la misma celeridad y compromiso.

Primero, la cuestión sanitaria de la fiebre aftosa sigue siendo el principal obstáculo. Turquía, históricamente estricta, debe resolver si acepta las importaciones desde la zona con vacunación, que concentra el 97% del rodeo nacional. Las negociaciones bilaterales apuntan a que el problema de las compras procedentes de zonas vacunadas podría superarse con un cambio legislativo en Turquía a partir de 2026, pero se necesita un acuerdo formal.

Segundo, es ineludible la definición y aprobación de un Certificado Veterinario Internacional (CVI) bilateralmente acordado y activo entre el Senasa y la autoridad turca (Haygem).

Sin este documento, que contemple todas las exigencias sanitarias del destino, ninguna operación es viable. La Argentina ya ha enviado modelos de certificados y esperamos la respuesta de Turquía para su aprobación.

El comercio de ganado en pie entre la Argentina y Turquía está cada vez más cerca de concretarse. Con la trazabilidad electrónica ya implementada, el país dio un paso decisivo hacia la apertura de un mercado de enorme potencial. Ahora, el desafío es cerrar los acuerdos sanitarios y técnicos pendientes —en particular, el Certificado Veterinario Internacional (CVI)— para que esta oportunidad se traduzca en un intercambio real, sostenible y beneficioso para la ganadería argentina y para el creciente mercado turco.

Los autores son presidente y secretario general de la Cámara de Comercio Argentino Turca

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