Publicado: septiembre 17, 2026, 10:45 am
Cada vez son más los pensionistas españoles que, una vez terminada su vida laboral, deciden trasladar su residencia a otro país. Pero cambiar de país de residencia no elimina determinadas obligaciones con la Seguridad Social. Una de ellas es la acreditación de vivencia, conocida como ‘fe de vida’: un trámite mediante el que los pensionistas acreditan que siguen vivos y, de este modo, pueden seguir cobrando la pensión.
La Seguridad Social establece que, si no se realiza este trámite dentro del plazo correspondiente, la pensión queda suspendida. Eso no significa que se pierda definitivamente el derecho a cobrar la prestación, sino que queda paralizada temporalmente hasta que se realice el trámite. Por eso, para evitar esta penalización, es conveniente presentarlo en la fecha marcada, antes del 30 de septiembre de 2026.
Cómo acreditar la ‘fe de vida’ desde el extranjero
Una de las opciones disponibles para que los pensionistas acrediten la ‘fe de vida’ desde el extranjero es la aplicación móvil VIVESS, desarrollada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es gratuita, está disponible para dispositivos Android y Apple, y permite realizar la acreditación mediante reconocimiento biométrico facial, sin necesidad de desplazarse a una oficina.
Una vez realizado el trámite, VIVESS genera un justificante inmediato y posteriormente el INSS —o el Instituto Social de la Marina, en los casos que corresponda— confirma la acreditación. La Seguridad Social también contempla otras vías. Los pensionistas residentes en el extranjero pueden acreditar su vivencia mediante los organismos consulares o a través de las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
