Publicado: junio 5, 2025, 3:57 pm
Los 27 Estados miembros de la Unión Europea han aprobado este jueves la reforma de un reglamento por la que se permitirá a las aerolíneas -sobre todo enfocado en las de bajo coste- seguir cobrando por el equipaje de mano en cabina, y lo ha hecho con el voto en contra de España, Alemania, Portugal y Eslovenia, y con las abstenciones de Austria y Estonia, por lo que la medida, propuesta por la presidencia polaca del Consejo de la UE, ha terminado por salir adelante gracias a la mayoría cualificada.
Esta normativa reformada crea un nuevo tipo de equipaje de mano gratuito, que es el que entra debajo del asiento, y permite cobrar por las maletas que van en cabina, algo que de hecho ya hacen algunas compañías. España no se ha movido del ‘no’ en ningún punto del debate y de hecho hace meses el Ministerio de Consumo ya multó a cinco aerolíneas low cost por prácticas abusivas en este sentido.
En total, la cifra ascendía a 179 millones de euros y afectaba a Ryanair (107.775.777 euros), Vueling (39.264.412 euros), Easyjet (29.094.441 euros), Norwegian (1.610.001 euros) y Volotea (1.189.000 euros). Concretamente, la sanción a las aerolíneas se debe a prácticas como cobrar por el equipaje de mano, por reservar asientos contiguos para acompañar a personas dependientes o a menores, y por no permitir el pago de estos sobrecostes en metálico. Asimismo, también por exigir un pago desproporcionado por la impresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto, por omisiones engañosas de información y por la falta de claridad en los precios publicados en su web y en la de terceros.
Desde la patronal de líneas aéreas ALA en España explican que esa práctica hoy por hoy es «legal» y la sanción de Consumo está recurrida. El Reglamento 1008/2008 establece su legalidad, y en España hay disparidad de criterio en los tribunales. Al menos más de 40 sentencias de tribunales en España han avalado la legalidad de esta práctica, añaden.
Por otro lado, España también rechaza otra parte del acuerdo político que supondrá elevar de 3 a 4 y 6 horas el tiempo de retraso mínimo que dará derecho al pasajero a pedir una compensación. Ese tiempo de margen dependerá, eso sí, de la duración del vuelo.
La reforma incluye también que las aerolíneas solo tendrán obligación un asiento contiguo gratuito a personas dependientes en el momento de la facturación, y siempre que haya disponibilidad de asientos. Por tanto, el pasajero se verá obligado a pagar los suplementos aplicados por las aerolíneas para poder garantizarse que, en cualquier circunstancia, va a poder viajar de forma contigua a sus acompañantes.
Por otro lado, el reglamento también pretende legalizar otras dos prácticas de las compañías aéreas. Por un lado, legitima la práctica de cobrar por rectificar datos personales del billete en las 48 horas previas a un vuelo. Esta práctica no se podía hacer en España ya que la Agencia Española de Protección de Datos entendía como derecho de cualquier pasajero la rectificación sobre datos personales inexactos y la obligación de que pudiera realizarse a título gratuito.
Asimismo, se da por válida la práctica conocida como no show, también prohibida en España, y que permite a las compañías denegar el embarque en la vuelta a pasajeros que compraron un billete de ida y vuelta, pero que por diferentes motivos, no llegaron a usar el billete de ida. El Supremo consideró que se trataba de una práctica abusiva. «No podemos apoyar esta propuesta», sostuvo el secretario de Estado de Transportes, José Antonio Santano. España, Alemania, Portugal y Eslovenia de hecho lamentan los «retrocesos» que supone esta reforma para los pasajeros.
«Gracias por el debate y por la flexibilidad, es un gran paso hacia una reforma muy necesaria para mejorar los derechos de los pasajeros de la UE. Es posible que no todo el mundo esté plenamente satisfecho, pero a eso yo lo llamo un buen compromiso, que es cuando nadie se queda cien por cien contento. Vamos ahora a empezar la negociación con el Parlamento Europeo», ha expuesto por su parte el ministro de Polonia, Dariusz Klimczak, que ha sido quien ha promovido esta reforma.
«La realidad, que todos la conocen, es que las aerolíneas de bajo coste llevan mucho tiempo incurriendo en estas prácticas que se aprovechan de los derechos de los consumidores, sobre todo por cobrar por servicios básicos como la maleta de mano», explicó hace ya algunas semanas el ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, para quien es «inaceptable que cualquier país o institución de la UE abandone su misión, su obligación de defender y proteger los derechos de los consumidores, para ponerse del lado de los intereses de las compañías aéreas».