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La Corte revocó un fallo que autorizaba el funcionamiento de los barcos-casino, pero una cautelar permite su explotación

Publicado: marzo 27, 2025, 5:07 pm

La Corte Suprema de Justicia revocó un fallo que permitía la explotación de los barcos-casino de Puerto Madero, pero la sala de apuestas flotante seguirá con su actividad porque hay otra medida cautelar vigente desde 2021 que es irrevocable porque nunca fue apelada por el Estado. Sin embargo, está por llegar la Corte la cuestión de fondo del caso, con lo que es posible que lo que hoy no se revierta sí suceda en el futuro.

Por unanimidad, la Corte revocó una medida cautelar que le permitió a Casinos de Buenos Aires SA, a cargo de la explotación de los barcos casino ‘Estrella de la Fortuna’ y ‘Princess’, funcionar más allá de los plazos de la concesión vigente. En duros términos sobre el trámite de la causa, además, el máximo tribunal instó a que la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal le remita el expediente principal para resolver sobre la cuestión de fondo: es decir, si el casino puede seguir o no funcionando en la Ciudad de Buenos Aires. Por el momento, por un mandato de la Constitución local, las salas de instalados en la zona de Puerto Madero están funcionando sin tener una concesión vigente y “con un contrato cuyo plazo de duración estaría largamente vencido”, en función de una medida cautelar que fue presentada en 2017, dos años antes que caduque la concesión original. En términos similares, una segunda cautelar fue concedida en 2021, cuando la Corte Suprema estaba analizando el tema.

En ese contexto, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Manuel José García Mansilla apuntaron contra la medida cautelar dictada en la causa que “frustra la aplicación de normas generales cuya constitucionalidad no ha sido cuestionada”. Y reclamaron “una mayor prudencia en la apreciación de los recaudos que hacen a la admisión de una medida cautelar” y en el fundamento jurídico que pretende habilitarla cuando el daño “sería estrictamente patrimonial

El barco casino se instaló durante el menemismo porque la ley impide abrir salas de apuestas en la Ciudad de Buenos Aires. Así se inventó el casino flotante, en el agua, fuera de la ciudad, en jusridicción federal. El Estrella de la Fortuna se inauguró en 1999 y en 2006 se le sumó el Princess. Hoy son dos los barcos de Puerto Madero donde se puede apostar.

Javier Milei, en el corazón de la doble incertidumbre

La empresa que los explota es CIRSA, que es un 50 por ciento del español Manuel Lao Hernández y el otro 50 por ciento se divide entre un 25% de Hapsa (la empresa del Hipódromo de Palermo) y otro 25% de Inverclub, de Ricardo Benedicto, exsocio de Cristóbal López.

Hoy lo que está en juego es la continuidad de ese negocio millonario, que solo de canon le dejó a la Ciudad de Buenos Aires en 2024 unos 40.000 millones de pesos.

La Corte ahora revocó una medida cautelar vigente que mantenía a Casinos Buenos Aires S.A, como concesionaria luego de que el contrato venció en 2019.

La Corte Suprema, con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Riardo Lorenzetti y Manuel García-Mansilal, dejó sin efecto la medida cautelar obtenida por Casinos de Buenos Aires S.A., que pretendía mantener su concesión sobre el Casino flotante de Buenos Aires, a pesar de encontrarse vencido el contrato.

En 1999, la Lotería Nacional del Estado concedió a la empresa Casinos de Buenos Aires S.A. la explotación de la sala de casino que funciona en el buque “Estrella de la Fortuna”, ubicado en el Río de La Plata.

Allí se previó que la explotación duraría 15 años, prorrogables por 5 años más, a criterio del Estado Nacional. Posteriormente, mediante Resolución 84/02, el Estado Nacional prorrogó por 5 años la explotación, que finalizaba en 2019. Además, se autorizó la explotación del segundo buque, llamado “Princess”.

García-Mansilla, Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti

En 2016, el Estado Nacional firmó un acuerdo con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde la jurisdicción local asumió la competencia en materia de juegos de azar.

Como consecuencia de ello, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires , mediante ley 5785, creó Lotería de la ciudad de Buenos Aires S.E., quien se ocuparía de la organización, explotación y administración de los juegos de azar en el distrito. Esa ley prohibió concesionar salas de juegos a empresas privadas, sin perjuicio de las que ya se encontraban concesionadas que podían continuar operando hasta la finalización de sus contratos.

Previo a finalizar la prórroga del contrato de concesión, Casinos de Buenos Aires S.A. inició una demanda para ampliar el plazo de explotación de las salas de juego. Argumentó que hubo medidas del Estado que la afectaron en la ecuación económica del contrato y que con esa prórroga se pretendía reestablecer el equilibrio. Pidió una medida cautelar para mantener la vigencia del contrato hasta tanto se dicte sentencia definitiva.

El juez de primera instancia Pablo Cayssials, hizo lugar a la medida cautelar solicitada, e impidió que se cayera el contrato de concesión hasta tanto se dicte sentencia definitiva.

Esa decisión fue confirmada por la Sala III de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal (con el voto de Sergio Fernández y Carlos Grecco) , lo que motivó un recurso extraordinario y una posterior queja de Lotería de la ciudad de Buenos Aires S.E.

La Corte Suprema, con la firma unánime de todos sus ministros, dejó sin efecto la medida cautelar dispuesta que prorrogaba el contrato de concesión. Entendió que los tribunales prorrogaron el convenio vencido desde 2019 y que, con la medida dispuesta, los jueces federales se estarían arrogando facultades propias de la Ciudad de Buenos Aires, extendiendo de hecho la concesión.

Asimismo, en cuanto a los hechos, la Corte afirmó que los tribunales inferiores no tuvieron en cuenta diversas medidas que promovieron la rentabilidad de la explotación (evolución de la cantidad de máquinas electrónicas de resolución inmediata; autorización para explotar cuarta cubierta de uno de los buques; instalación de otro buque; prórroga de la explotación), a diferencia de las sostenidas por la empresa.

Por lo tanto, la Corte dejó sin efecto la medida cautelar ordenada, que prorrogaba el contrato de concesión respecto de la explotación del Casino de Buenos Aires. No obstante, el fondo del juicio está por llegar al máximo tribunal con lo que este fallo podrías ser solo el primer capítulo de una historia que aún resta terminar de contarse.

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