El Gobierno derogó un baremo que determinaba la invalidez laboral para las pensiones no contributivas - Argentina
Registro  /  Login

Otro sitio más de Gerente.com


El Gobierno derogó un baremo que determinaba la invalidez laboral para las pensiones no contributivas

Publicado: mayo 13, 2025, 6:02 am

A través de la Resolución 1172/2025, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno derogó la Resolución 187/2025, mediante la cual se estableció un baremo para evaluar qué condiciones médicas corresponden a invalidez laboral en el marco de las pensiones no contributivas. La medida había sido implementada a principios de año por medio de la Agencia Nacional de Discapacidad.

En este contexto, Diego Orlando Spagnuolo, director ejecutivo de la agencia, expresó en el documento: “Con posterioridad a su entrada en vigencia [de la medida], se han identificado diversas observaciones y oportunidades de mejora en los criterios de evaluación contenidos en dicho baremo, especialmente en lo referido a la incorporación de referencias a normativas internacionales”.

La Dirección Nacional de Apoyos y Asignaciones Económicas, por su parte, realizó un informe y recomendó la revisión del baremo y la elaboración de “una nueva propuesta que actualice los criterios técnicos y metodológicos para la evaluación de la invalidez laboral”.

Al momento de la publicación inicial, el Gobierno aseguró que la actualización estaría amparada por especialistas. “La normativa está nutrida de los baremos previamente confeccionados por expertos en medicina legal-laboral y en cada una de las especialidades y conocimiento de campo tanto en la valoración pericial del daño como en la evaluación de las condiciones de salud de los solicitantes de pensiones no contributivas, a lo largo de todo el país”, escribieron.

Cuáles eran los dictámenes

  • Siempre favorable: “Incapacidad suficiente para generar un dictamen médico favorable a los fines del otorgamiento de la pensión, independientemente de los factores socioeconómicos”.
  • Evaluable: “Necesidad de mayor evaluación (para lo cual se puede recurrir al baremo, a la consideración de los factores socioeconómicos, interconsultar con otros médicos u otras disciplinas o bien tener en cuenta otras patologías 3 invalidantes fehacientemente documentadas) ya que podría llegar a generar un dictamen favorable o desfavorable debido al grado de invalidez alcanzada”.
  • Incapacidad baja: “Si bien producen algún grado de incapacidad, no llegaría al grado de invalidez requerida para otorgar la pensión ni aun teniendo en cuenta los otros factores”.
  • Sin incapacidad: “Tiene alguna patología, pero ausencia de incapacidad”.

Related Articles