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Cómo rescatar tu plan de pensiones con la nueva ley en vigor y las consecuencias fiscales de hacerlo

Publicado: enero 9, 2025, 5:30 am

Buenas noticias para los poseedores de fondos de pensiones: este 2025 podrán ser rescatadas libremente las aportaciones con una antigüedad mínima de 10 años. Esto quiere decir que las aportaciones anteriores al 31 de diciembre de 2015 podrán rescatarse de forma anticipada, sin necesidad de que medie ninguna de las causas generales previstas para ello.

Este cambio es producto de una reforma legal que busca flexibilizar el acceso a los fondos acumulados y fomentar el ahorro privado, una medida largamente esperada desde su aprobación en 2018. Actualmente, existen más de 7,6 millones de cuentas partícipes, aunque hasta ahora, su rescate estaba limitado a situaciones muy específicas, como la jubilación, la incapacidad laboral o el desempleo de larga duración. Con la nueva normativa, la posibilidad de acceder a estos ahorros se amplía significativamente.

¿Cómo rescatar un plan de pensiones?

La principal característica de esta nueva medida es que los clientes pueden rescatar su plan libremente, y para ello, no tienen que dar ningún motivo ni cumplir ningún requisito adicional más allá de esos 10 años de permanencia. Estas son las vías para hacerlo:

  • Rescate en forma de capital: Recibes todo el dinero acumulado en un solo pago.
  • Rescate en forma de renta: El dinero se paga en plazos periódicos. Esta opción puede ser útil si prefieres no recibir una gran suma de golpe.
  • Rescate mixto: Combinas las dos anteriores, recibiendo una parte en un solo pago y el resto en pagos periódicos.

Para iniciar el rescate, el ahorrador debe contactar con la entidad financiera o aseguradora que gestiona su plan de pensiones. El trámite requerirá la cumplimentación de un formulario donde se especifiquen las condiciones, como la modalidad elegida y el importe a retirar.

El impacto fiscal de rescatar un plan de pensiones

Una de las consecuencias directas de rescatar un plan de pensiones es su impacto fiscal, ya que los fondos retirados se consideran rendimientos del trabajo y tributan dentro de la base imponible general del IRPF. Esto, además, podría implicar que el tipo marginal de IRPF aplicado sea más alto, lo que implica pagar un mayor porcentaje en impuestos.

Una excepción es la posibilidad de aplicar una reducción del 40% sobre las aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2007, siempre que el rescate se haga en forma de capital y dentro de los dos primeros años tras el inicio del derecho al rescate. Por ejemplo, si un titular retira 50,000 euros en este concepto, solo tributará por el 60 % de esa cantidad, es decir, 30,000 euros.

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