Publicado: diciembre 12, 2025, 9:16 am
Cuando culmina un contrato de alquiler solo queda dejar ‘las cuentas claras y el chocolate espeso’ y uno de los puntos más importante para lograr esto es la devolución de la fianza. La ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece un plazo legal para reembolsar el valor del depósito, pero también contempla garantías para que este se cumpla.
La fianza es un pago que debe entregarse al inicio de la relación contractual, antes incluso de efectuar la mudanza. Los inquilinos entregan al propietario un depósito equivalente a una mes de alquiler con la intención de cubrir daños, incumplimientos u otros gastos derivados de la manutención de la vivienda. Sin embargo, al ser un depósito, deber ser devuelto a los inquilinos al finalizar el alquiler si no existió ningún tipo de daño o gasto imprevisto.
El plazo para devolver la fianza
Queda claro que la Ley de Arrendamientos no permite que un casero retenga la fianza de manera indefinida. De hecho, en su artículo 36.4 establece un plazo máximo de 30 días desde la entrega de las llaves. De cumplirse ese plazo sin recibir el dinero, los inquilinos podrán reclamar el saldo pendiente más el interés legal del dinero. Es decir, el propietario tendrá la obligación de regresas más dinero del que originalmente recibió.
Los inquilinos también tienen la opción de presentar un requerimiento legal, también conocido como burofax, una herramienta jurídica diseñada para notificar de manera fehaciente o acudir a la vía judicial llevando el caso ante los tribunales. La buena noticia es que los jueces suelen fallar a favor del inquilino cuando el casero no justifica la retención o el retraso en la devolución, incluso aunque existan pequeñas reparaciones pendientes.
¿Por qué este plazo?
Ambas partes deben pactar si se devuelve el dinero o no. En caso de incumplimiento del contrato o de deudas pendientes, es probable que no se devuelva el importe. Pero también puede ocurrir que el propietario tenga que costear arreglos y reformas por culpa de un mal uso de la vivienda por parte del inquilino y descontar el importe pertinente de la cantidad total.
En este contexto, la ley considera que 30 día es más que el tiempo necesario para que el propietario verifique el estado de la vivienda y compruebe si hay rentas pendientes o si hay que liquidar suministros no pagados.
