Publicado: diciembre 4, 2025, 9:05 am
Recibir una herencia suele percibirse como un alivio económico o una buena noticia, pero la realidad es que, en muchos casos, lo primero que encuentra el heredero no es un beneficio, sino una obligación. El Impuesto de Sucesiones debe pagarse antes de poder tocar un solo euro o disponer de un bien heredado y lo cierto es que muchos beneficiarios no tienen liquidez para afrontar este pago inicial.
Pese a ello, muchos se preguntan si es posible disponer del dinero del propio fallecido para saldar el impuesto. No es una trampa ni un resquicio legal oculto. La normativa sobre sucesiones reconoce explícitamente esta posibilidad para que los herederos puedan cumplir con sus obligaciones fiscales sin tener que desembolsar dinero propio.
¿Cómo usar el dinero del fallecido para pagar la herencia?
La Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, junto con su reglamento, establece que los bancos pueden liberar una parte del dinero que el fallecido tenía en sus cuentas para pagar exclusivamente el tributo sucesorio. Aunque las entidades bloquean las cuentas en cuanto se notifica el fallecimiento, esos fondos no quedan inaccesibles, si es posible acreditar quiénes son los herederos, se puede presentar la liquidación del impuesto.
El dinero nunca pasa a manos del heredero. La entidad bancaria se encarga de transferirlo directamente a Hacienda o al organismo autonómico responsable. De ese modo, se garantiza que los fondos se emplean únicamente en su finalidad legal y no se genera ningún conflicto entre herederos.
Requisitos del procedimiento
Para que el banco pueda liberar ese importe, los herederos deben demostrar su condición y justificar el coste exacto del impuesto. Los documentos más habituales son:
- Certificado de defunción del titular.
- Testamento y certificado de últimas voluntades, o declaración de herederos si no hay testamento.
- DNI de los herederos.
- La autoliquidación del impuesto, emitida por la administración correspondiente.
Tras recibir la documentación, la entidad tramitará el pago mediante transferencia o cheque nominativo. No siempre es un proceso inmediato, por lo que los expertos recomiendan solicitarlo lo antes posible para evitar retrasos. En algunos casos, incluso puede haber comisiones por la gestión.
Es importante recordar que esta opción no implica ninguna reducción fiscal. El importe del impuesto continúa siendo el mismo y el dinero del fallecido sigue formando parte de la masa hereditaria, incluso aunque se utilice para pagar el tributo.
El impuesto puede cambiar según la comunidad
El importe final del impuesto depende enormemente de la comunidad autónoma. En territorios como Madrid, Murcia o Andalucía, las bonificaciones alcanzan el 99 %, lo que deja el impuesto prácticamente en cero para herencias entre familiares directos. En otras regiones como Cataluña, Galicia o la Comunidad Valenciana, la carga fiscal puede ser mucho mayor.
