Publicado: agosto 14, 2025, 2:13 pm
El Tribunal N°2 de Campana dio a conocer los argumentos por los que condenó a 19 años de prisión a Claudio Contardi por violar a Julieta Prandi mientras estaban casados.
La presidenta del tribunal, Lucía María Leiro, explicó en su fallo que «no quedaron dudas del hecho tal como fue descripto por la acusación». Su afirmación fue acompañada positivamente por los otros dos jueces: Daniel Claudio Ernesto Rópolo y Mariano Aguilar.
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Los magistrados detallaron que “se reunió una cantidad de prueba contundente en contra del imputado” y calificaron el testimonio de Julieta Prandi como ”un relato contundente que incluye el abuso sexual, pero va mucho más allá“.
El fallo expone que el duro relato de la modelo quedó acreditado a través de los testimonios de su psiquiatra, de su psicóloga, de las pericias judiciales y de las declaraciones de sus familiares, amigos y actual pareja.
En ese contexto, plantearon que el accionar de Contardi fue «un trabajo minucioso y diagramado para socavar la personalidad de Julieta Prandi».
“Los abusos sexuales eran una parte más de su vida cotidiana, pero no era el único tipo de violencia que padecía. Esto formaba parte del cuadro de violencia de género que incluía la psicológica, física y la económica», plantearon en el fallo.

En los fundamentos de la sentencia, la jueza Leiro hizo una fuerte confesión respecto del testimonio de Julieta Prandi: “Me impresionó con lógica interna en su narración, me resultó coherente y no fantasioso ni exagerado. Dio cuenta de cierto detallismo a lo largo del relato y se produjo de manera espontánea, en un contexto de angustia, llanto y dolor».
“Sus dichos dieron cuenta con claridad de los hechos que acaecieron, el lugar donde ocurrieron, qué conductas se llevaron a cabo y quien fue el agresor”, sentenció.
Luego, la jueza se refirió a uno de los puntos planteados por la defensa de Contardi: la falta de testigos directo con relación al abuso sexual: “Es sabido que en los casos de abuso sexual es preponderante el testimonio de la víctima, pues son sucesos que ocurren entre cuatro paredes, en ausencia de testigos».
“Es de suma importancia la prueba de contexto que permita corroborar o desacreditar el testimonio de quien aparece como víctima. Varios testigos, amigos y familiares se hicieron presentes para brindar detalles, no sólo de aquellas situaciones que Julieta había relatado, sino de vivencias propias que ellos mismo percibieron de la vida de ella o en el caso de sus familiares, de experiencias propias”, agregó.
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El Tribunal recordó que la familia de Prandi “declaró como Contardi logró separarla de ellos, creando conflictos, calumnias y mentiras para alejarlos». “Todos coincidieron en que a ella le brindaba una versión de los hechos y a su familia otra. Todo ello para generar conflicto entre ellos y así distanciarlos”, agregó.
Luego, apuntó directo contra el accionar de Contardi y los argumentos que dio: “Bajo la excusa de protección y seguridad, le cambiaba reiteradamente el teléfono, lo que dificultaba que la contacten familiares y amigos».
“Bajo la misma excusa la llevaba y traía de sus lugares de trabajo personalmente o mediante un remis. Ella no manejaba. También por seguridad se mudaron a un country, lejos de su familia, de sus amigos y amigas y del colegio de los chicos», añadieron.
En ese mismo contexto, agregó: “Bajo la excusa de facilitarle el trabajo le cobraba su sueldo, para ello logró que ella le firme un poder general de administración de sus bienes».

“Cuando él viajaba dejaba a una persona de su confianza con ella. Que esa persona se mudó a vivir con ellos, no la dejaba sola y si recibía visitas, ella siempre estaba allí como satélite o incluso en la misma mesa donde estaban sentadas», sentenció el tribunal, que se amparó en los testimonios de las amigas de Prandi.
Para la jueza, estas maniobras de Contardi fueron “elaborando un entramado del cual cuando la víctima reaccionara no iba a poder escapar”. “El cuadro fue tal que comenzó con padecimientos físicos y en su salud”, explicó.
En ese sentido, agregó: “De ello, dieron cuenta sus compañeros de trabajo, el psiquiatra que la trataba, la psicóloga. Ella no quería ir a una guardia por temor a que se filtre la información y le daba vergüenza”.
Los jueces plantearon que fue tal la violencia que sufrió Prandi que “cuando logró salir de ahí, se fue como pudo, con sus hijos y con lo puesto».
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También agregaron que luego de la separación «continuaron los hostigamientos de índole económica y psicológica a través de los conflictos generados cuando ella estaba trabajando, no proporcionando los alimentos correspondientes a sus hijos y logrando que tuviera que sacar un crédito a los fines de tener una vivienda para ella y sus hijos».
Con respecto a los testimonios de los especialistas en salud mental, opinaron: “Coincidieron al referir que la mirada y el trauma que vieron es algo que habían visto en personas que atravesaron situaciones muy traumáticas y devastadoras“.
“Todos los profesionales que pudimos escuchar refirieron que su relato fue coherente, lineal, acorde a lo que se reflejaba en su persona y en su psiquis. Es decir, no hallaron signos de fabulación, tampoco de mendacidad», agregaron.
Qué dijeron los jueces sobre la declaración de Contardi
Los jueces se mostraron en contra de la declaración que dio Contardi en el juicio y manifestaron que su relato es «poco creíble».
“Contardi ha dicho que ella miente, que no tenían problemas, que estaban enamorados, que eran felices. Que un día se quiso ir, agarró sus cosas y a los chicos y se fue”, indicaron.
En esa misma línea, agregaron: “Resulta poco creíble pensar que si todo era tan idílico ella se fuera sin motivo alguno, con sus hijos y que él ni siquiera se molestara y que la dejara irse sin más».
La jueza Leiro planteó que en los alegatos, el defensor de Contardi -Claudio Nitzcaner- “intentó mejorar su versión refiriendo que no todo era idílico, que había conflictos, pero que no ocurrió un abuso sexual».
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Por otra parte, se refirieron a la declaración de Ángel Pelozo, el encargado de seguridad del Barrio Septiembre que fue el único testigo aportado por la defensa. “Este testimonio corrobora el testimonio de Julieta Prandi quien refirió que en alguna oportunidad manejó los autos en el barrio, pero que salía y entraba siempre en remis o con su pareja».
En paralelo, descartaron el pedido de valoración que hizo la defensa sobre un sobreseimiento que había tenido Contardi en un expediente referido al patrimonio de la expareja. “No guarda relación con los hechos denunciados», señalaron.
“Cierto es que la prueba producida en el debate demuestra todo lo contrario. No encuentro motivos para descreer de todos los testimonios brindados a lo largo del debate. La solvencia con que han explicado sus conclusiones las peritos departamentales, las explicaciones brindadas por el psiquiatra y por la psicóloga resultan de suma importancia. Todos ellos corroboran el testimonio de Julieta Prandi”, sentenciaron.