Publicado: julio 17, 2026, 9:16 am
La difusión de imágenes íntimas de otra persona, así como amenazar con compartirlas, sin su consentimiento explícito excede cualquier línea roja en la creación de contenido. Así lo ha comprobado recientemente un influencer canadiense que fue condenado a pagar una cuantiosa multa por publicar material íntimo de una «casi desconocida» en redes.
En concreto, Sherif Elbishlawi, como se conoce a este influencer que acumula más de 100.000 seguidores en su cuenta de Instagram, deberá pagar un total de 20.000 dólares —unos 12.500 euros— en concepto de daños y perjuicios a la víctima, una mujer identificada como ZD debido a una orden de confidencialidad a la que grabó por debajo de la falda a la salida de una discoteca.
En la sentencia, emitida el pasado viernes, el Tribunal de Resolución Civil de la Columbia Británica, en Canadá, expuso la actitud «indecente» de Elbishlawi, quien no solo se habría negado a eliminar el material explícito, sino que volvió a publicarlo una vez que Meta, la empresa matriz detrás de Facebook e Instagram, decidiese eliminar él vídeo «hasta en dos ocasiones» antes de desactivar temporalmente su cuenta.
La víctima interpuso una demanda contra Elbishlawi y, tal y como recogió CTV News, declaró que se encontraba en estado de embriaguez cuando el influencer se acercó a ella a la salida del local. En las imágenes, se observa el momento en el que ella accede a que él la «levante en brazos» mientras su acompañante filmaba la escena para publicarla en redes sociales.
«Durante los vídeos, la falda de la mujer se mueve y se levanta de tal manera que se le ve la ropa interior y se le exponen parcialmente las nalgas», expuso Maria Montgomery, miembro del tribunal. Esto, sumado a que uno de los vídeos se centraba en mostrar «debajo de la falda de la demandante» y a la víctima se le identificaba fácilmente, decantó el fallo del tribunal en contra del influencer.
En su defensa, Elbishlawi sostuvo que las imágenes no constituían material íntimo, algo que el tribunal rechazó amparándose en la legislación provincial, que establece como íntima cualquier imagen en la que una persona aparezca «desnuda o casi desnuda, participando en un acto sexual, o con órganos genitales, región anal o senos visibles».
Además, la «amplia accesibilidad» del vídeo fue interpretada como un agravante de la «naturaleza perjudicial de su difusión». «Parece que el demandado utilizó los vídeos para obtener visibilidad en las redes sociales», se puede leer en la resolución, en referencia a los posibles intereses económicos para generar ingresos detrás de la difusión de tales imágenes.
En este contexto, el tribunal concedió una indemnización adicional de 5.000 dólares por daños morales a la víctima, cuyas peticiones para que no se publicaran los vídeos fueron ignoradas por Elbishlawi alegando que no hace «favores a desconocidos».
Pese a todo, «Elbishlawi no se ha disculpado y sostiene que no cometió ninguna irregularidad», escribió Montgomery, que, en la sentencia, concluyó que la conducta del acusado «merece ser reprendida» al apartarse de las «normas ordinarias de comportamiento decente».
