Publicado: mayo 30, 2025, 8:45 am
La política arancelaria de Donald Trump está en el aire. Este jueves, un lío judicial ha estado a punto de suspender su aplicación. De madrugada, el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos bloqueó buena parte de la política arancelaria del presidente sobre las importaciones de numerosos países, una decisión que tomó forma en su famosa pizarra del 2 de abril, día que bautizó como «de la liberación». Horas después, la Casa Blanca recurrió y la Corte de Apelaciones del Circuito Federal suspendió de forma temporal ese bloqueo, dejando las tasas intactas… de momento.
Primero fue el Tribunal de Comercio Internacional, que consideró que el presidente de EEUU se ha extralimitado en sus funciones en el tema de los aranceles. Un panel de tres jueces de esta corte falló que el Congreso de EEUU no delega una autoridad «ilimitada» en el presidente para que use la Ley de Poderes Económicos en Emergencias Internacionales de 1977 (IEEPA). «Las órdenes de aranceles mundiales y de represalia exceden cualquier autoridad otorgada al presidente por la IEEPA para regular las importaciones por medio de aranceles», indicaron los magistrados.
Tras conocerse la noticia, el presidente estadounidense ha insinuado con un mensaje publicado en su red social Truth Social que ha emprendido una «misión divina». Trump ha compartido una imagen suya vestido con un traje negro en la que reza la leyenda «nada puede parar lo que está por venir». Luego, el Gobierno de Trump recurrió el bloqueo a los aranceles para «evitar daños irreparables a la seguridad y la economía».
Qué incluye el fallo judicial
Los jueces, en su orden, bloquearon los aranceles impuestos por Trump bajo la IEEPA, lo que incluye los gravámenes globales y «recíprocos» anunciados el 2 de abril. El dictamen señalaba que todo el sistema del Día de la Liberación y otras tarifas de la IEEPA es ilegal y está prohibido por mandato judicial permanente.
Tras recibir dos demandas distintas, de empresas y estados, el Tribunal de Comercio Internacional argumentó que Trump violaba la Constitución al excederse en sus poderes sobre aranceles a las importaciones según la legislación aprobada por el Congreso.
El fallo mantuvo vigentes otros aranceles de Trump, incluidos los aplicados al acero, el aluminio y los automóviles extranjeros, informa AP. Sin embargo, estos gravámenes se invocaron al amparo de una ley diferente que requería una investigación del Departamento de Comercio y no podían imponerse a discreción del presidente.
A qué países afecta
La decisión del tribunal bloquea los aranceles que Trump impuso en abril a casi todos los socios comerciales de Estados Unidos y los gravámenes que impuso antes a China, México y Canadá.
El 2 de abril, Trump impuso los llamados aranceles recíprocos de hasta el 50% a los países con los que Estados Unidos tiene un déficit comercial y aranceles básicos del 10% a casi todos los demás. Más tarde suspendió los aranceles recíprocos durante 90 días para dar tiempo a los países a acordar la reducción de las barreras a las exportaciones estadounidenses. Pero mantuvo los aranceles básicos. Es decir, la mayoría de los aranceles recogidos en la orden ya estaban en pausa.
Pero lo más importante es que, precisamente, el fallo podría socavar los acuerdos comerciales tan buscados por Trump con sus socios extranjeros. «Creemos que una de las razones del estancamiento de las negociaciones bilaterales fue que los socios comerciales de EEUU podrían haber anticipado este resultado (el fallo del tribunal)», ha escrito en una nota a sus clientes Aniket Shah, jefe de sostenibilidad y estrategia de transición de Jefferies (multinacional de inversión independiente).
Qué jueces son
El Tribunal de Comercio Internacional de los Estados Unidos es un tribunal federal en Manhattan que se ocupa de las disputas sobre aduanas y leyes de comercio internacional. Esta corte tiene jurisdicción sobre los casos civiles relacionados con el comercio.
Sus tres magistrados fueron nombrados por tres presidentes distintos, informa The Hill. La juez Jane Restani fue nombrada para esta corte por el presidente Ronald Reagan; el juez Gary Katzmann, por Barack Obama; y el juez Timothy Reif, por el propio presidente Trump.
Cómo lo explica el tribunal
La orden de este tribunal consideraba «inconstitucional» la política arancelaria de Trump, uno de los emblemas de su segundo mandato. De modo que la bloqueaba, al establecer que las medidas sujetas a la IEEPA deben «ser suspendidas y su operación permanentemente prohibida».
Esta corte comercial recuerda que Trump conserva un poder más limitado para imponer aranceles y abordar déficits comerciales bajo otra ley, la Ley de Comercio de 1974. Sin embargo, dicha ley restringe los aranceles al 15% y solo por 150 días con los países con los que Estados Unidos mantiene grandes déficits comerciales.
De dónde viene la demanda
Los aranceles de Trump fueron impugnados en al menos siete demandas. En el fallo de este miércoles, el tribunal combinó dos de los casos: uno presentado por cinco pequeñas empresas y otro por doce estados de EEUU.
Estos doce son demócratas y demandaron a la Administración ante el Tribunal de Comercio Internacional de los Estados Unidos por «imponer ilegalmente» subidas de impuestos a los estadounidenses a través de los aranceles.
«Presentamos esta demanda porque la Constitución no otorga a ningún presidente autoridad ilimitada para poner patas arriba la economía. Esta sentencia reafirma que nuestras leyes importan, y que las decisiones comerciales no pueden tomarse a capricho del presidente», expuso en un comunicado el fiscal general de Oregón, Dan Rayfield.
Qué argumentaban las partes
Los abogados del Departamento de Justicia argumentaron que los aranceles son una cuestión política, lo que significa que son algo sobre lo que los tribunales no pueden decidir. La Casa Blanca defendió que los tribunales habían aprobado el uso de aranceles de emergencia por parte del entonces presidente Richard Nixon durante la crisis económica y financiera de 1971.
Los estados demandantes señalaron que los déficits comerciales de EEUU difícilmente constituyen una emergencia repentina, sino que el país los ha acumulado durante 49 años consecutivos. Además argumentaron que la IEEPA no menciona los aranceles.
«Si iniciar la mayor guerra comercial desde la Gran Depresión basándose en una ley que ni siquiera menciona los aranceles no es una usurpación inconstitucional del poder legislativo, no sé qué lo es», dijo ya en abril Ilya Somin, profesor de Derecho de la Facultad de Derecho Scalia de la Universidad George Mason y abogado de los demandantes.
¿Y ahora qué?
El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos tiene jurisdicción sobre los casos civiles relacionados con el comercio. A la Casa Blanca le dio 10 días para hacer efectiva su orden y para que adoptase las medidas necesarias para eliminar las nuevas tasas. Pero sus decisiones pueden recurrirse ante el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal de Washington y, en última instancia, ante el Tribunal Supremo.
Un portavoz de la Casa Blanca, Kush Desai, anticipó que habría una apelación contra el fallo. «No es trabajo de jueces no electos decidir cómo abordar adecuadamente una emergencia nacional», dijo. Y eso sucedió horas más tarde.
La administración Trump apeló el fallo y la Corte de Apelaciones del Circuito Federal suspendió la orden del Tribunal de Comercio Internacional. La corte de apelaciones no anula ese fallo pero suspende su aplicación de forma cautelar mientras estudia el fondo del asunto.
La suspensión es temporal. El caso avanzará a través del sistema legal, quizás hasta la Corte Suprema, según aventuran los analistas estadounidenses. Potencialmente, el asunto podría llegar hasta el Supremo, apunta CNN.
Trump aún podría disponer de otros métodos para imponer sus aranceles, según el criterio de analistas de Goldman Sachs que recoge CNBC. Entre esas alternativas estaría el uso de los gravámenes de la Sección 232 de la Ley de Comercio de 1974 (antes mencionada), que se refiere a los gravámenes del 25% a las importaciones de acero, aluminio y automóviles por motivos de seguridad nacional.