Publicado: julio 26, 2026, 5:00 am
En España hay todavÃa miles de bloques antiguos que no cuentan con ascensor. Para erradicar estas barreras, el nuevo Plan Estatal de Vivienda cuenta con un potente paquete de ayudas financiadas con fondos europeos destinadas a mejorar la accesibilidad de los inmuebles. Las subvenciones, que ya se pueden solicitar a través de las comunidades autónomas, son especialmente cuantiosas si en el edificio reside alguna persona mayor de 65 años o con movilidad reducida.
La cuantÃa de la subvención no es fija; sino que se calcula de forma individualizada por cada vivienda que compone el bloque, pero se solicita de forma conjunta por la comunidad de propietarios. El importe máximo depende directamente del perfil de los residentes. Si el perfil del residente del bloque es una persona de más de 65 años o con una discapacidad de al menos el 33%, la ayuda puede suponer hasta 18.000 euros por vivienda o el 80% del coste total de la obra. En caso de que el tipo de residente sea una persona con una discapacidad de al menos el 65%, el importe de la ayuda escala hasta los 20.500 euros por vivienda, y si la obra procura una accesibilidad universal total, que contemple eliminar barreras y garantizar la autonomÃa de los vecinos, el importe será de hasta 22.000 euros.
Además, en casos de comunidades con familias en situación de vulnerabilidad económica, las autonomÃas pueden ampliar la cobertura de la ayuda hasta el 100% del coste que les corresponda pagar de la derrama.
¿Qué obras están cubiertas?
Aunque el ascensor es la partida más cara y demandada, los fondos europeos sufragan cualquier intervención fija que elimine barreras desde la calle hasta la puerta de casa. Esto incluye la instalación completa de ascensores o salvaescaleras, cuando el ascensor sea inviable; la bajada a cota cero del ascensor ya existente; la construcción de rampas de acceso y ensanchamiento de portales; y la instalación de domótica, videoporteros adaptados, automatismos en puertas y señales sonoras o visuales para personas con discapacidad sensorial.
Cómo conseguir la subvención
Para que la comunidad de vecinos obtenga estos fondos, el procedimiento debe seguir un procedimiento muy estricto. En primer lugar es necesario un paso previo que pasa por certificar la necesidad técnica de la obra. Esto significa que un arquitecto o técnico cualificado debe emitir un informe que justifique que la obra es viable y que persigue la mejora real de la accesibilidad del inmueble. El edificio debe haberse finalizado antes de 2006.
A continuación, es necesario llevar la propuesta redactada a la Junta de Propietarios. Se convoca una junta para aprobar el proyecto y la solicitud de la ayuda. Si en el edificio vive un mayor de 65 años o alguien con discapacidad, la ley obliga a la comunidad a realizar la obra siempre que el coste anual de la derrama, restando la ayuda, no supere las 12 mensualidades ordinarias de comunidad.
La siguiente fase consiste en redactar el proyecto y pedir las licencias oportunas. Se debe contar con el Libro del Edificio Existente y el proyecto técnico redactado. Con esto se solicita la licencia de obras en el Ayuntamiento y se piden un mÃnimo de tres presupuestos a constructoras. Una vez elaborado ese proyecto, se presenta la solicitud en la Comunidad Autonóma, pues la gestión de estos fondos está transferida. El administrador de fincas o el representante de la comunidad debe presentar la solicitud por vÃa telemática en la consejerÃa de vivienda de su autonomÃa, aportando los presupuestos, facturas previsibles y el acta de la junta.
