Publicado: junio 10, 2026, 3:00 am
Cuando el avión en el que viajamos sufre una cancelación, sin que la compañía aérea te haya avisado con más de 14 días de antelación o se deba a una circunstancia extraordinaria (clima extremo, huelgas de controladores…), tienes derecho en la actualidad a una compensación económica automática de entre 250 y 600 euros.
La normativa actual recoge que los pasajeros de avión tienen derecho a información, asistencia y compensación ante problemas como cancelaciones, retrasos superiores a 3 horas o denegación de embarque (sobreventa) y su aplicación se realiza siempre que el vuelo parta de un aeropuerto de la Unión Europea (UE) o, en el caso de aerolíneas europeas, también desde un tercer país.
Pero esta situación podría cambiar si salen adelante las últimas propuestas de la Comisión Europea para la reforma del Reglamento 261 sobre derechos de los pasajeros aéreos, según han denunciado hasta 34 organizaciones de consumidores de toda Europa, entre ellas las españolas CECU y Asufin. Estos colectivos, en una acción coordinada por la Organización Europea de Consumidores (BEUC), han enviado una carta conjunta a ministerios de los Estados miembros y a europarlamentarios de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor y de la Comisión de Transportes y Turismo del Parlamento Europeo.
Entre las propuestas de reforma, las más preocupantes son las relacionadas con las compensaciones a los pasajeros en caso de cancelaciones y retrasos. Las organizaciones advierten de que, si prospera la propuesta actual, viajar en avión en la UE implicará menos protección y más costes para los consumidores.
Así, la mayoría de los retrasos dejarían de compensarse. «Actualmente, un retraso de más de 3 horas da derecho a indemnización. Con la reforma, este umbral subiría a 4 o incluso 6 horas, lo que dejaría sin compensación a más del 60% de los pasajeros que hoy sí la reciben», señalan las asociaciones de consumidores. También cobrarías mucho menos por las demoras, ya que la reforma plantea recortar las indemnizaciones. Por ejemplo, la compensación mínima bajaría de 250 a 83 euros, lo que supone un 67% menos.
En cuanto a las cancelaciones, las aerolíneas podrían cancelar vuelos con solo 48 horas de aviso frente a los 14 días actuales y se ampliarían las circunstancias extraordinarias, por lo que «podrían evitar compensaciones en más casos, incluso en situaciones que dependen de su propia organización»
Por otro lado, la propuesta tampoco mejora los derechos de los pasajeros aéreos. De esta forma, habrá que seguir pagando un extra por disfrutar de servicios básicos (el equipaje de mano, reservar asientos junto a personas dependientes o menores de edad o imprimir la tarjeta de embarque) y se seguirán aplicando por parte de las aerolíneas las cláusulas no-show, que permiten cancelar automáticamente el vuelo de vuelta si no hiciste el de ida, lo que obliga a comprar nuevos billetes.
«Se está planteando un recorte de derechos consolidados»
«Lo que se está planteando es un recorte directo de derechos ya consolidados. Se reduce lo que cobran los pasajeros, se amplían las excepciones para que las aerolíneas no paguen y se dificulta reclamar. Es un cambio de reglas que desequilibra claramente el sistema en contra de las personas consumidoras y que no podemos aceptar. Deberíamos estar trabajando para avanzar en la mejora de los derechos de los pasajeros, no para evitar su retroceso», denuncia David Sánchez, director de la Federación de Consumidores y Usuarios CECU.
Para Patricia Suárez, presidenta de la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), «aceptar este retroceso normativo sentaría un precedente peligrosísimo en el derecho de los consumidores, consolidando un desequilibrio contractual entre aerolínea y personas consumidoras». «En un momento de máxima madurez del mercado turístico, la agenda legislativa no debería centrarse en cómo blindar a las compañías aéreas frente a sus propios fallos operativos, sino en avanzar decididamente hacia la automatización de las indemnizaciones a los afectados, la transparencia en la fijación de tarifas adicionales (como el equipaje de mano) y el endurecimiento de las sanciones por prácticas comerciales abusivas».
