Publicado: octubre 31, 2025, 5:07 am

Que tres de los cuatro hombres de origen magrebí que violaron en grupo a una joven en Pamplona tuvieran abiertos expedientes de expulsión remite a una cuestión perentoria: ¿Por qué no se habían ejecutado esas sanciones? Máxime cuando, hace un año, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tildaba de «imprescindible» el retorno de aquellas personas que llegan a España de forma irregular, subrayando que «la legislación europea y española obligan a ello». De forma consecuente, el Gobierno disparó la expedición de órdenes de expulsión en 2024, pero ese año su ejecución tocó su mínimo histórico: ni siquiera se ha materializado el 20%.
Según los datos más recientes de Eurostat, sólo 8.725 personas fueron devueltas a terceros países pese a habérselo ordenado a 51.030 individuos ese año; o sea, se dio cumplimiento al 17% de los expedientes. Esa misma fuente revela que nunca antes había sido tan baja la aplicación de esta sanción: en 2023 se retornó al 59% de personas contra las que se había decretado esta medida, en 2022, al 58,3%; y en 2021, al 60,5%. En cuatro años, la consecución de las devoluciones se ha desplomado un 71%. Es más, mirando los datos para el primer semestre de 2025, entre enero y junio de este año se han expedido 31.250 órdenes de expulsión y sólo 3.065 personas (9,8%) abandonaron España después de ello.
Analizando los datos de los últimos cuatro años -la Unión Europea no tiene cifras anteriores a 2021 para la mayoría de países-, se aprecia que España ha emitido un 549,5% más de órdenes de expulsión desde 2021. El salto más grande se produjo entre 2023 -cuando se ordenó salir del país a 10.645 personas- y 2024, un incremento de 379,5%.
Los retornos, aunque menos, también han incrementado. España ha pasado de devolver a 4.755 personas en 2021 a 8.725 en 2024, lo que supone un crecimiento de las repatriaciones del83,5%. Es el cruce de ambas cifras lo que revela un desajuste importante entre las órdenes de expulsión emitidas y las ejecutadas.
Retomando la cuestión inicial, el porqué de esta discordancia de expulsiones efectuadas con respecto las ordenadas, en su Memoria Anual de 2025, la Fiscalía General del Estado destacó los «retrasos y las dificultades para materializar las expulsiones» que contempla tanto el Código Penal como la Ley de Extranjería. Se deben, por ejemplo, al «colapso que sufren los juzgados» o a que «el investigado o penado no sea localizado», entre otros motivos. Además, el propio Ministerio Fiscal apunta que convergen «dificultades para expulsar a los ciudadanos marroquíes y argelinos, por la falta de colaboración de las autoridades consulares que no los documentan».
Por su parte, el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, defendió la semana pasada en el Senado que «el estricto cumplimiento de la legalidad» rige el procedimiento de expulsión, que no es automático. «Se cumplen todos los requisitos para llevar a cabo una expulsión, con total eficacia, cuando procede por parte de nuestras fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado», aseguró.
Un 13,5% de migrantes irregulares, expulsados
Estos incrementos coinciden en el tiempo con el torrente migratorio que azotó España en 2023 y se prolongó durante 2024 hasta romper el techo histórico de llegadas irregulares. Así, según recogen los balances del Ministerio del Interior, durante los últimos cuatro años llegaron 193.986 personas de forma irregular y se devolvieron 26.130, lo que representa sólo un 13,5% de todos los que entraron. Además, las 80.455 personas a las que se ordenó abandonar el territorio durante este periodo representan el 41,5% de los individuos que llegaron.
Los datos más recientes permiten comparar la fluctuación en las devoluciones por años: de las 63.970 personas que entraron en territorio español de forma ilegal en 2024, se devolvió al 13,6%. Esta cifra es ligeramente superior a la alcanzada el año anterior, cuando se retornó al 11% de los 56.852 migrantes irregulares. En 2022, cuando arribaron 31.219 migrantes irregulares, se expulsó al 20,38%, y en 2021, a un 11,3% de las 41.945 personas que llegaron.
Pese a todo, estas cifras de Eurostat para 2024 otorgan a España el bronce en órdenes de expulsión emitidas -por detrás de Francia (128.745) y Alemania (57.080)- y el quinto puesto en expulsiones ejecutadas tras la imposición de esta sanción, de nuevo por detrás de Alemania (15.230), Francia (14.665), Suecia (10.150) y Chipre (8.915).
¿Qué dice la ley sobre las expulsiones?
Artículo 57 de la Ley de Extranjería
Las expulsiones no son automáticas. Antes de ejecutarse se abre un procedimiento legal para estudiar los hechos y después se dicta una resolución motivada.
Una persona extranjera puede ser expulsada del territorio español tanto si ha cometido delitos graves o muy graves según la Ley de Extranjería (art. 53.1) como si ha sido condenada en España u otro país por un delito penado con más de un año de cárcel.
Esta sanción tiene limitaciones y la ley ofrece protecciones para casos humanitarios, familiares o de larga residencia.
Artículo 89 del Código Penal
Cuando un ciudadano extranjero es condenado en España con más de un año de prisión, el juez puede sustituir esa pena por su expulsión del país. En casos graves, el juez puede hacerle cumplir parte de la condena antes de expulsarlo.
La expulsión conlleva no poder volver a España durante un periodo de entre 5 y 10 años, según el caso. Si la persona expulsada regresa antes de tiempo deberá cumplir con la pena original.
Esta medida no se aplicará cuando sea desproporcionada, por ejemplo, si la persona en cuestión tiene fuertes vínculos con España (trabajo, familia, residencia estable, etc), ni en el caso de ciudadanos de la Unión Europea a menos que supongan una amenaza grave para la seguridad o el orden público.
 
			
 
            
      
   
  
  
		 
		 
		 
		 
		 
		