Publicado: abril 28, 2025, 6:07 pm
El Gobierno, consciente de la grave alteración para la vida de la gente y las pérdidas económicas que está provocando el gran apagón, aceptó la petición de tres comunidades autónomas -Madrid, Extremadura y Andalucía- y declaró en estos territorios la emergencia de protección civil. El presidente también aseguró que esta declaración se extenderá a todos los territorios que lo pidan. La emergencia implica que el Ministerio del Interior asume todas las competencias relacionadas con la protección civil a los fines de asegurar su coordinación y eficacia..
No obstante, el presidente del Gobierno podría adoptar, si fuera necesario y la situación se prolongara, nuevas medidas. En ese caso, cabría la posibilidad de elevar exponencialmente la intervención del Estado con una centralización mucho más amplia de competencias activando la declaración del estado de alarma.
¿Qué se considera emergencia de protección civil e interés nacional?
Es una situación de riesgo colectivo sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas o bienes y exige una gestión rápida por parte de los poderes públicos para atenderlas y mitigar los daños y tratar de evitar que se convierta en una catástrofe. Las emergencias pueden afectar a un territorio o a toda la nación. En este último caso, se consideran como tales las que requieran de la aplicación de la ley de estado de alarma, excepción y sitio porque sea necesario prever la coordinación de administraciones diversas afectando a varias CCAA y que exijan una aportación de recursos a nivel suprautonómico.
¿Qué se entiende por servicios esenciales?
Son los necesarios para el mantenimiento de las funciones sociales básicas, la salud, la seguridad, el bienestar social y económico de los ciudadanos o el eficaz funcionamiento de las instituciones del Estado y las Administraciones Públicas.
¿Quién declara la emergencia de interés nacional?
Corresponde al ministro del Interior por propia iniciativa o a instancia de las CCAA o de los delegados del Gobierno. Una vez declarada la emergencia de interés nacional, el ministro del Interior asumirá su dirección, que comprenderá la ordenación y coordinación de las actuaciones y la gestión de todos los recursos estatales, autonómicos y locales del ámbito territorial afectado. El ministro del Interior podrá, según la gravedad de la situación, pedir la colaboración de las diferentes administraciones Públicas que cuenten con recursos movilizables, aunque la emergencia no afecte a su territorio. El ministro, además de disponer de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado puede solicitar al Ministerio de Defensa la colaboración de las Fuerzas Armadas.
¿Cuándo se puede decretar el estado de alarma?
Se trata de un paso superior a la declaración de emergencia que requiere de la aprobación de un decreto ley. La paralización general de los servicios públicos es una de las situaciones que contempla la Constitución y su desarrollo legislativo como causa para activar el estado de alarma. De esta manera, si la falta de suministro eléctrico se prolongara afectando gravemente a la movilidad, la atención sanitaria, los servicios financieros, las comunicaciones o la educación, el Gobierno podría, reunido en Consejo de Ministros, decretar la alarma en todo o en parte del territorio nacional.
¿Qué especificaría el decreto de estado de alarma?
El decreto tendría que precisar el ámbito territorial afectado, así como los efectos de las medidas adoptadas y su duración que, en ningún caso y salvo autorización del Congreso, puede superar los quince días. La activación del Estado de alarma implica una centralización de las competencias, incluidas las policiales, bajo una única autoridad que en caso de referirse a toda la nación es el Gobierno central.
¿El estado de alarma afecta a los derechos fundamentales? ¿Y a las libertades?
El estado de alarma no supone una afectación de los derechos fundamentales pero sí puede implicar una limitación de algunas libertades en aras de preservar el interés general. El estado de alarma ha sido activado en dos ocasiones: durante la pandemia con sucesivas prórrogas (fue declarado en parte inconstitucional) y con motivo, bajo el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero, como consecuencia de la huelga de controladores aéreos.