La jueza de la dana vuelve a rechazar la imputación de Miguel Polo y carga contra la ex consejera Pradas: "La alerta debía contar con su visto bueno" - España
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La jueza de la dana vuelve a rechazar la imputación de Miguel Polo y carga contra la ex consejera Pradas: «La alerta debía contar con su visto bueno»

Publicado: mayo 8, 2025, 2:07 pm

La declaración como testigo de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, admitiendo que Miguel Polo no le informó de los desbordamientos del río Magro y del barranco del Poyo el día de la dana, no es suficiente para imputar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ). Así lo vuelve a reiterar este jueves en un nuevo auto la jueza de Catarroja que investiga la tragedia en respuesta al recurso de la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud. En el auto, además, carga con dureza contra la ex consejera imputada Salomé Pradas.

De hecho, la magistrada Nuria Ruiz Tobarra se basa en la declaración que protagonizó el martes un técnico del sistema ES-Alert, que participó en su envío el 29 de octubre. Según este trabajador de Emergencias de la Generalitat, Pradas exigió dar su visto bueno a la alerta antes de lanzarla a todos los móviles a las 20.11 horas. De ahí que, según la jueza, se confirma que «en todo momento hubo un control de la decisión de mandar la alerta a la población por parte de la investigada».

Y añade: «La decisión sólo podía llevarse a cabo si la misma contaba con la autorización de quien era consellera». A juicio de la magistrada, «el mando de la emergencia le correspondía a dicha investigada, de lo que es buena prueba que la alerta debía contar con su visto bueno».

En su auto, la jueza tiene palabras duras también contra el otro ex alto cargo investigado, el que fuera secretario autonómico de Emergencias. De Emilio Argüeso, insiste la jueza, «no consta más participación que la remisión de mensajes, algunos a través de chats, y que tuvieron algunas respuestas que producen auténtico estupor».

La jueza insiste en la «manifiesta pasividad» que mostraron ambos investigados en la gestión de la emergencia, por lo que tilda incluso de «absurda» las explicaciones que han ido ofreciendo para justificar, por ejemplo, que se desconectase la reunión del CECOPI para un «trabajo exclusivamente presencial».

«Absurda porque es incompatible quejarse de la falta de información y decisión por otras personas y al mismo tiempo excluir de la reunión a quien supuestamente había de proporcionarla», señala Ruiz Tobarra en su auto. «Todo ello convierte en más grosera la negligencia atribuible a quienes ostentan la condición de investigados, oscilando entre un desconocimiento difícilmente justificable respecto de las posibles decisiones a adoptar por la consellera, o las herramientas a utilizar como el sistema ES-Alert», añade.

En esta línea, reitera que no cabe atribuir responsabilidad penal al responsable de la Confederación Hidrográfica del Júcar: «La ausencia de información sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo resulta desmentida por la remisión de correos del SAIH [el sistema de información automática de la CHJ], así como por la posibilidad de acceso al mismo».

La jueza mantiene su guión de centrar toda la responsabilidad en la Generalitat, a quien atribuye el mando único y la dirección de la emergencia. Aun así, considera que la atribución de un resultado mortal de tal gravedad por un total de 228 fallecidos «no puede sustentarse exclusivamente en la integración de la estructura administrativa autonómica». En consecuencia, descarta también citar como investigados a tres altos cargos de Emergencias de la Generalitat: Alberto Martín, Jorge Suárez e Inmaculada Piles.

Catalá, de testigo

Por otro lado, la titular del juzgado de Instrucción 3 de Catarroja ha citado a declarar en calidad de testigo a la alcaldesa de Valencia, María José Catalá, y al resto de alcaldes de la zona afectada. Si bien la jueza no ha concretado aún la fecha en que tendrán que hacerlo, deberán acudir al juzgado los alcaldes de Massanassa, Benetússer, Alfafar, Picanya, Cheste, Guadassuar, Sot de Chera, Aldaia o Quart de Poblet.

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