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La juez requiere al hermano de Pedro Sánchez a comunicarle cualquier cambio de domicilio pero no le retira el pasaporte

Publicado: julio 28, 2025, 2:07 pm

Actualizado Lunes,
28
julio
2025

15:59

La juez Beatriz Biedma ha requerido hoy a David Sánchez Pérez-Castejón a que en un plazo de dos días le informe de cualquier cambio de domicilio que haya tenido lugar o que va a producirse próximamente, pero no le retira el pasaporte ni le prohíbe salir del territorio nacional, como había pedido la acusación particular al conocerse sus intenciones de establecerse en Japón con su familia a la espera del juicio oral contra el proceso que se sigue contra él por prevaricación y tráfico de influencias en la Diputación de Badajoz.

En un auto hecho público hoy, la juez señala que no procede en estos momentos la medida cautelar solicitada por la acusación pero sí que el acusado debe constar en el procedimiento los datos relevantes referentes al mismo, «pues sin dichos datos no es posible valorar si recurren o no los presupuestos para adoptar la medida cautelar solicitada o cualquier otra que se considere procedente». En este sentido, Biedma subraya que no puede pronunciarse sobre la procedencia de las medidas cautelares solicitadas si no cuenta con los datos objetivos necesarios para valorar si concurren o no los presupuestos para la adopción de las mismas».

La magistrada subraya que, en estos momentos, el hermano de Pedro Sánchez tiene ubicada su residencia en Elvas (Portugal), por lo que le insta a trasladarle cualquier cambio de domicilio que se haya producido o se vaya a producir, «todo ello con la finalidad de valorar si ha existido un cambio sustancial de las circunstancias que pudiera afectar a la existencia de riesgo de fuga y motivar la adopción de las medidas cautelares que se consideren oportunas».

Las asociaciones Hazte Oír y Manos Limpias habían pedido a la juez que bien le retiraran el pasaporte o en su defecto le impusieran una fianza de 70.000 euros después de conocerse las intenciones del hermano del presidente del Gobierno (una vez que ya no trabaja en la Diputación de Badajoz tras presentar su dimisión en pleno proceso de investigación judicial) de fijar su residencia en Japón, donde viven su mujer y su hija. Todo ello antes de que se fije oficialmente la fecha para la celebración del juicio oral, a falta de resolver algunos recursos del proceso contra la decisión de la juez de abrirle procesamiento, junto a otras diez personas, entre ellos el líder de los socialistas extremeños y ex presidente de la Diputación de Badajoz Miguel Ángel Gallardo por supuestamente crearle una plaza ad hoc en la institución como alto cargo.

«Relación con diversos países extranjeros»

La juez recuerda en el auto que desde el inicio de esta causa «se ha evidenciado la relación de David Sánchez Pérez-Castejón con diversos países extranjeros» y añade: «Ya constaba dicha circunstancia en su currículum, unido al procedimiento junto con la documentación relativa al proceso de adjudicación del puesto de Coordinador de Actividades de los Conservatorios, y así lo manifestó él mismo en su primera declaración judicial, afirmando que la mayor parte de su carrera profesional se había desarrollado en el extranjero». De hecho, afirmó que cuando se creó el puesto se encontraba haciendo un máster en Milán. Además, también declaró que desde 2021 ha fijado su domicilio en Elvas (Portugal), donde adquirió una vivienda en febrero de 2023. Precisamente, recuerda la magistrada, esa vivienda permanente fue determinante para que la Agencia Tributaria lo considerara «residente fiscal en Portugal» en el informe emitido tras el requerimiento de ella misma.

En este contexto, la jueza advierte que esa vinculación con el extranjero, «por el momento», no ha sido obstáculo para que el músico comparezca ante el Juzgado nº3 de Badajoz las veces que ha sido citado para ello cuando todavía trabajaba para la Diputación «y cuando al parecer ya había renunciado a su puesto», el 30 de mayo en esta ocasión, para que le fuera notificado el auto de apertura de juicio oral.

En este sentido, Biedma recuerda que es obligación fundamental para cualquier acusado «el estar a disposición del órgano judicial que conoce de su procedimiento y de no dificultar de ninguna forma el desarrollo del mismo», por lo que es «obligación» le hecho de comunicar su domicilio y cualquier cambio del mismo mientras recuerda que «en el procedimiento penal hay diversos actos de comunicación que deben hacerse de forma personal para que desplieguen su eficacia». Así, recuerda que la defensa del hermano del presidente del Gobierno no ha manifestado, como es su obligación, si su defendido sigue residiendo en Elvas, como así consta oficialmente en el procedimiento o si ha cambiado su domicilio, «más aún si dicho domicilio ha sido fijado en un país no perteneciente a la Unión Europea (se refiere a Japón), por las repercusiones prácticas que dicho hecho puede tener en la tramitación de la causa».

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