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La Fiscalía niega ante el juez Peinado el tráfico de influencias de Begoña Gómez porque «la mera relación conyugal» con Pedro Sánchez no es suficiente

Publicado: octubre 6, 2025, 8:07 pm

Actualizado Lunes,
6
octubre
2025

21:09

La Fiscalía ha solicitado este lunes al juez Juan Carlos Peinado el archivo de la investigación principal contra Begoña Gómez. Lo ha hecho en la vista convocada por el magistrado para comunicar a los investigados su decisión de seguir adelante con la causa por el procedimiento del jurado.

La Fiscalía, que ha tenido el primer turno de intervención, ha sostenido -como ha venido haciendo en sus recursos ante la Audiencia de Madrid- que no hay indicios de la comisión de un delito de tráfico de influencias y que «la mera relación conyugal» con el presidente del Gobierno no es suficiente para presumirlo.

«Más allá de consideraciones éticas o estéticas, conveniencia o inconveniencia de ciertas actuaciones, la mera relación conyugal de Gómez no puede operar como una suerte de presunción ‘iuris et de iure’ [que se basta por sí misma] que se traduzca en prevalimiento e influencia con relevancia penal en toda su actividad», indica el escrito presentado por el fiscal José Manuel San Baldomero.

«Es lo que no hemos advertido: influencia, que puede ser, directa, con órdenes e indicaciones expresas; o de forma más indirecta (sutil, velada, sibilina, se nos dice por la jurisprudencia), pero que debe existir y debe ponerse de manifiesto a través de qué comportamiento, cómo, cuándo, dónde, sobre quién se ha ejercido el prevalimiento», prosigue el Ministerio Público, que resalta que tampoco se ha detectado, a su juicio, un beneficio económico.

La exposición del fiscal se produce días después de que Peinado indicara que las actividades de Gómez se derivaban «de su relación de parentesco» con el presidente del Gobierno, «causa que se considera fundamental para poder apreciar la posible concurrencia del delito de tráfico de influencias».

El tráfico de influencias investigado se habría producido en relación con el empresario imputado Juan Carlos Barrabés, que ayudó a Gómez a poner en marcha su cátedra en la Universidad Complutense. Ella firmó cartas de recomendación para una de sus empresas, que logró licitaciones millonarias de la entidad pública Red.es. Las cartas de recomendación fueron tenidas en cuenta para las adjudicaciones a Barrabés, según reveló un reciente informe de la Intervención General (IGAE).

Sobre ese informe, el fiscal ha sostenido que se trata de «irregularidades de índole administrativo no conducen automáticamente al ilícito penal». «Las tachas u observaciones que realiza la IGAE se concretan en un excesivo peso de la valoración subjetiva», cuando esa queja era aplicable a todas las licitaciones de Red.es, no solo las investigadas.

El fiscal concluye que ese supuesto tráfico -o la corrupción en los negocios que también se baraja- se ha imputado «sin precisar ni concretar» los hechos que lo sustentan ni las «pruebas o indicios reales y objetivos».

Tampoco ve delito en la actuación de su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, igualmente imputada. «Menos aún resulta posible atribuir y construir un delito de tráfico de influencias respecto de Álvarez».

Sobre las tareas que realizó para Gómez que pudieran ser ajenas al papel estrictamente institucional, ha indicado que la figura del asesor del cónyuge del presidente ha existido «en todos los gobiernos democráticos en España desde 1978, en los que el cónyuge de presidente ha contado con la asistencia de, al menos, una persona con estas funciones de apoyo y con este tipo de designación», recalcando que se trata de un puesto de confianza «con una disponibilidad permanente».

El fiscal no ve es delito ni ningún otro. «Salvo que queramos forzar los tipos penales, acudir a hipótesis fabulosas y ausentes de correlación con lo actuado, y con presunciones en contra de los investigados», afirma.

Junto a las relaciones con Barrabés, en la causa se investiga si Gómez se apropió de un software desarrollado para su la cátedra extraordinaria en la UCM. Tampoco ve ese delito, resaltando que no se ha detectado «ánimo de lucro». Y eso pese a que, según ha planteado, se ha producido una «exhaustiva y desorbitada indagación sobre cuentas bancarias e información patrimonial de la investigada».

El otro delito barajado en relación con la actividad de la cátedra, el de intrusismo profesional, lo ha despachado recordando que fue la UCM la que «expresamente» le indicó que firmara los pliegos que pudieron suponer un episodio de intrusismo por su falta de titulación técnica.

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