Publicado: mayo 16, 2025, 2:07 pm

La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado de nuevo la investigación en torno a Begoña Gómez. Lo hace en un auto en el que sostiene que se habría aprovechado de su condición de esposa del presidente del Gobierno para promocionar su carrera profesional, lo que supondría la existencia de «una clara desviación de poder».
El tribunal responde así al recurso en que la defensa de la esposa de Pedro Sánchez criticaba la «extralimitación» del juez instructor, Juan Carlos Peinado. Aunque acepta acotar la causa -excluyendo de ella lo relacionado con Air Europa y el Instituto de Empresa-, la Sala considera que de lo actuado «se podría deducir» que Begoña Gómez «debía de venir aprovechándose de su proximidad al presidente del Gobierno, como su esposa, para vender supuestos favores u ofrecer supuestas influencias».
Añade que esa actuación se habría producido «a cambio de contraprestaciones de la más diversa índole, encaminadas a proyectar su carrera profesional en la búsqueda de una posición privilegiada, en un sector novedoso, como es, el de la captación de fondos por entidades, en relación a establecimiento de criterios de responsabilidad social competitiva transformadora de la sociedad».
En todo ello habría jugado un papel esencial el empresario Juan Carlos Barrabés, cuya imputación ratifica expresamente el tribunal. En el origen de la causa abierta en el Juzgado 41 de Madrid están las cartas de recomendación que Gómez firmó desde su cátedra en la Universidad Complutense de Madrid en favor de una empresa de Barrabés que concurría a varios contratos públicos. «Las empresas del Grupo Barrabés resultaban una pieza clave en el desarrollo e implementación de la cátedra, para el lanzamiento y supuesta excelencia profesional desde la cual se habrían urdido el resto de actividades, sobre la que se proyecta la sospecha delictiva, consistente en una clara desviación de poder».
Al margen de esas consideraciones, que permiten seguir adelante con la investigación, el tribunal establece que Peinado debe dejar de investigar el rescate de Air Europa, un aspecto que «queda fuera» de la causa.
En el auto en que estiman parte de los recursos contra 16 actuaciones del magistrado, la Audiencia revoca la decisión del juez de recabar documentación a la Sepi sobre el rescate de la aerolínea propiedad de Globalia y precisa que, de haber indicios de irregularidades, Peinado debería proceder para que fuera otro juzgado el que lo revisase. También deja fuera de la causa lo relacionado con el Instituto de Empresa y atienden el recurso del abogado Bernardo del Rosal para levantar la imputación sobre uno de sus directivos, Juan Carlos Güemes.
El auto rechaza igualmente que existan indicios de delito sobre el rector de la Universidad Complutense, Joaquín Goyache, por la creación en 2020 de la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva que ocupó Begoña Gómez. Estima el recurso del abogado Manuel Ollé y revoca la imputación del rector. Pese a ello, la investigación en torno a la cátedra se mantiene abierta y el tribunal ratifica la decisión del juez de reclamar datos a sus patrocinadores y a la UCM.
«Por estar ya perfilados los hechos objeto de investigación, no podemos admitir la investigación de otros distintos, tal y como hemos mencionado al hacer referencia al Departamento África Center [en el Instituto de Empresa], y ahora en relación a Globalia y la solicitud de documentación a la Sociedad Española de Participaciones Industriales, SEPI, en relación a las ayudas otorgadas a la empresa Air Europa Holding SL, por lo que, en ese sentido, los recursos es estiman parcialmente contra dicha decisión, quedando esos hechos excluidos del presente procedimiento», dice la resolución.
Añade que lo hace sin perjuicio que, si Peinado entiende que hay indicios de criminalidad «de algún hecho nuevo» en materia distinta a la que instruye, como sería el caso del rescate, lo gestione para que tenga una tramitación separada en otro juzgado. «Todo ello en orden a dar una mayor efectividad y concreción a la causa», explica.
El auto, que resuelve múltiples recursos, respalda la decisión del juez instructor de tomar declaración como testigo a Pedro Sánchez, que fue recurrida por la Fiscalía y que le valió a Peinado una querella de la Abogacía del Estado que quedó en nada. La Sala ve justificada tanto la diligencia como que esta se hiciera de forma presencial y no por escrito, algo que también objetaba la Fiscalía.
«Resulta útil y pertinente la citada declaración, porque de las diligencias practicadas se deducen múltiples reuniones para la constitución de la Cátedra de Transformación Social Competitiva celebradas en el entorno institucional de la Presidencia del Gobierno, habiendo estado presente en alguna ocasión el presidente», dicen los magistrados.
En lo que la Audiencia no concuerda con el magistrado es que diera a las partes una copia de la declaración. Argumenta que, puesto que Sánchez se acogió a su derecho de no declarar en lo referente a su esposa, no tenía sentido. Y añade que en adelante deberá adoptar «restricciones a fin de garantizar el derecho a la imagen de todas las partes». Eso se traduce en no entregar en adelante las grabaciones, permitiendo que las partes las consulten en el juzgado.
También avala el tribunal que se mantenga la imputación de Juan Carlos Barrabés, el empresario al que habrían beneficiado las cartas de recomendación de Begoña Gómez, que fueron el origen de la investigación por tráfico de influencias. Eso sí, deberá seguir adelante, recuerda la Sala, sin valorar el contenido de los registros que fueron anulados en una resolución previa. Sobre Barrabés, los magistrados rechazan el recurso que pedía revocar la orden del juez de que la Intervención General del Estado (Igae) analizara seis adjudicaciones a una sociedad del empresario.