Publicado: abril 25, 2025, 8:07 am

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la rebaja de un año de prisión, de 15 a 14 años, a dos condenados por la violación grupal de los Sanfermines de 2016 en aplicación de la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual –Ley del Solo sí es sí-.
La Sala de lo Civil y Penal subraya que se trata de la misma causa y los mismos hechos sobre los que se pronunció el Tribunal Supremo en julio de 2024, cuando confirmó la reducción de un año, de 15 a 14, acordada por el propio tribunal en septiembre de 2023, al único de los cinco condenados que lo había solicitado.
En sendas resoluciones judiciales, la Audiencia consideró «jurídicamente obligado» seguir la doctrina jurisprudencial dictada en julio de 2024 por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que entonces confirmó la rebaja de 15 a 14 años decretada en septiembre de 2023 por la Sala de lo Civil y Penal para Ángel Boza, el primero de los cinco condenados que lo solicitó.
Posteriormente, otros dos condenados, José Ángel Prenda y Jesús Escudero, interpusieron recursos de revisión de sus penas, que se resolvieron en el mismo sentido.
Las resoluciones fueron recurridas ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra que ahora ha confirmado la decisión adoptada por ese órgano en febrero.
En las dos resoluciones, de las que ha sido ponente el presidente del TSJN, Joaquín Galve, la Sala de lo Civil y Penal subraya que «no se trata de un procedimiento similar, ni tan siquiera idéntico, sino de la misma causa y de los mismos hechos» sobre los que dictó el Tribunal Supremo, que confirmó la rebaja de 15 a 14 años decretada en septiembre de 2023 por el propio TSJN para el primero de los cinco condenados que lo solicitó.
El Tribunal Supremo señaló que imponía una condena de 15 años, «próxima o cercana», al mínimo legal, unos mínimos que la citada ley rebajó «sensiblemente», exponía el TSJN al estimar en 2023 la rebaja solicitada por el primer condenado que la reclamó.
Tras la reforma, según explicó el tribunal, la pena máxima continuaba inalterada, pero la mínima descendía 1 año y 3 meses, pasando de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. En consecuencia, los 15 años de prisión impuestos a los condenados quedaban 2 años por encima del mínimo posible.
Por este motivo, en septiembre de 2023, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, con un voto particular discrepante, rebajó la pena de 15 a 14, una decisión que fue ratificada por el Supremo en julio de 2024.
Por tanto, al examinar ahora la rebaja decretada el pasado febrero por la Audiencia para otros dos condenados, la Sala de lo Civil y Penal reproduce los argumentos esgrimidos por el Tribunal Supremo entonces.
De esta manera, desestima los recursos presentados por la acusación particular y las dos acciones populares, ejercidas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona.
La Fiscalía había abogado en esta ocasión, como el letrado de los condenados, por la confirmación de la rebaja. Estas dos resoluciones pueden ser recurridas ante el Tribunal Supremo.