Publicado: octubre 17, 2025, 10:07 am
El Partido Popular sopesaba desde hace meses la posibilidad de recurrir ante el Constitucional la no presentación por parte del Gobierno de un proyecto de Presupuestos Generales del Estado. Ahora, los populares han decidido dar el paso a la vista de que, pese a los reiterados anuncios del presidente y de la ministra de Hacienda, el Ejecutivo ni siquiera ha remitido a la Cámara la senda de estabilidad, conocida como techo de gasto, y ya no hay posibilidad de que un hipotético proyecto de cuentas del Estado sea aprobado a tiempo para entrar en vigor el 1 de enero de 2026.
El país se encamina así hacia un tercer ejercicio con las cuentas prorrogadas que fueron elaboradas por un Gobierno distinto al actual y aprobadas por unas Cámaras con una composición diferente. La Constitución estable la obligación del Gobierno de presentar anualmente al parlamento un proyecto de Presupuestos tres meses antes de que expire el año en vigor.
El recurso de los populares está elaborado desde hace meses y se basa en la inconstitucionalidad por omisión de un pronunciamiento legislativo. El PP ha decidido que este recurso sea presentado por el Senado puesto que aunque la no presentación de las Cuentas merma también las facultades del Congreso -debatir y votar los objetivos de estabilidad así como tramitar, enmendar o vetar el proyecto-, es en la Cámara alta en la que el PP ejerce el dominio con su mayoría absoluta.
El propio Tribunal Constitucional, en una sentencia de 2003, señala: «La competencia de aprobar los Presupuestos del Estado, como referencia primera e inmediata de la configuración constitucional de nuestras Cortes Generales, tras atribuirles el ejercicio de la potestad legislativa del estado, revela la esencialidad de la institución presupuestaria para el estado social y democrático de Derecho». Y añade. «El Presupuesto es la clave del parlamentarismo».
Basándose en ello, el PP insiste en que la falta de unos nuevos Presupuestos «no sólo afecta a la función presupuestaria del Senado y a los principios de nuestro régimen parlamentario, también impide el adecuado ejercicio de la función del control al Gobierno reconocida al Senado en el artículo 66.2 de la Constitución».
Según la exposición de motivos que plantea el PP, el Gobierno, ante la falta de unos Presupuestos actualizados, debe conseguir las autorizaciones presupuestarias por otro camino, por ejemplo a través de decretos, «en fraude de ley».
Los populares inciden también en la relación que existe entre los Presupuestos y la confianza del Parlamento respecto al Gobierno y en este sentido señalan que «si bien no hay un supuesto explícito de pérdida de la confianza parlamentaria por el hecho de que no se apruebe el presupuesto, la anomalía en la organización y funcionamiento de los Poderes públicos es absoluta, más aún cuando la Ley de presupuestos que se prorroga dos veces, y camina hacia la tercera, fue aprobada en una legislatura anterior ya extinguida».
«Una ficción jurídica»
La prórroga, según el recurso del PP, «opera como una auténtica ficción jurídica», es decir, supone que los créditos están en vigor para un Presupuesto al que no corresponden cuando, en realidad, «ya han sido ejecutados o anulados». En definitiva: «Como tal no hay ya crédito presupuestario sino reproducción de efectos limitados».
Así pues, la prórroga no es un Presupuesto a efectos constitucionales, sino una medida provisional que no extingue la obligación de aprobar las Cuentas anuales.
El PP acusa al Ejecutivo de «distorsionar por completo la figura de la prórroga presupuestaria convirtiéndola en una prórroga plurianual o prórroga de la prórroga que no tiene cabida en el artículo 134,4 de la Constitución».
En opinión de los populares, «la aprobación del presupuesto es una manifestación doble, de cumplimiento de una función esencial de las Cortes generales y de manifestación de la confianza parlamentaria», por eso, concluyen que, «en caso de rechazo parlamentario o de no presentación por imposibilidad de sacarlos adelante, equivale a una pérdida real y efectiva de la confianza parlamentaria».