Publicado: octubre 31, 2025, 5:07 pm

Vía libre a la Audiencia Nacional para investigar los pagos en sobres en el PSOE. El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo, ha acordado este viernes remitir testimonio al Juzgado Central de Instrucción Número 2 del informe de la UCO del 3 de octubre y de la información facilitada por el PSOE al Alto Tribunal acerca de los pagos en metálico realizados a José Luis Ábalos y Koldo García Izaguirre, a fin de que, si considera que existe para ello méritos suficientes, proceda a realizar una investigación.
El juez ve indicios de delito pero no aprecia que la competencia sea del Tribunal Supremo, por lo que si hay financiación irregular en el partido del Gobierno es algo que tendrá que investigar la Audiencia en lo sucesivo.
En un auto, el instructor recuerda que el informe de la UCO referido reflejaba la existencia de ciertas comunicaciones relativas a posibles pagos en metálico de determinadas cantidades por parte del Partido Socialista Obrero Español en favor de José Luis Ábalos o de Koldo García, que no constarían, ni por sus fechas ni por sus importes, en la información facilitada por el PSOE en la causa. Asimismo, indica que ni Ábalos ni Koldo García ofrecieron al respecto ninguna clase de información en sus comparecencias de este mes ante el magistrado, en las que se acogieron a su derecho constitucional a no declarar.
Esa fue la razón por las que se citó al ex director gerente Mariano Moreno y a una empleada del PSOE, Celia Rodríguez, al efecto -señala el auto- de que pudieran ofrecer una satisfactoria explicación al respecto, excluyente, si ese fuera el caso, de cualquier posible responsabilidad en la que dicho partido político pudiera haber incurrido.
Origen del dinero
La resolución relata todos los aspectos de los pagos en sobres que, tras dichas comparecencias, no han quedado despejados: quién era la persona y cuál el procedimiento de las compensaciones en metálico de facturas presentadas, la no comprobación de que la persona que reclamaba devolución de gastos era, conforme a los tickets o facturas aportadas, quien los había realizado, o «la no explicación suficiente del origen de las cantidades en metálico de las que el partido político disponía en su propia sede para hacer frente a las compensaciones de gastos».
En este sentido, indica el auto que tampoco se comprobaba «si los pagos realizados por quien obtenía la devolución habían sido realizados por aquel en metálico o por intermediación bancaria, de tal manera que no fuera posible que, adelantado el dinero por éstos para satisfacer esos gastos eventualmente con fondos procedentes de una actividad ilícita -o, incluso delictiva-, no se estuviera, al compensarles dichos gastos, blanqueando su procedencia, máxime cuando, al parecer, una persona podía encargarse de gestionar la liquidación de gastos efectuados no por él sino por terceros».
Puente indica que «de las pruebas testificales practicadas resultaría que todos los pagos en metálico efectuados bajo el concepto de devolución de gastos realizados por secretaría de organización», habrían sido reclamados, «precisamente», por Koldo García , «quien no consta desempeñara cargo alguno en la referida Secretaría de Organización, y le habrían sido abonados, en metálico, al mismo o a la persona que, a su plena discreción, él designara (su esposa Patricia, un mensajero que acudía a recoger el sobre a las oficinas del partido, etc.), sin que exista tampoco, conforme explicó en su declaración testifical quien era entonces el director gerente del partido, constancia alguna de que dichas cantidades fueran distribuidas posteriormente por don Koldo en favor de las personas (indeterminadas) del equipo de la secretaría de organización que hubieran podido incurrir en los gastos a cuya devolución obedecían los pagos».
En la resolución, el magistrado Puente recuerda, además, que el empresario Víctor de Aldama declaró en sede judicial que había escuchado a Abalos y Koldo señalar que parte de las presuntas comisiones ilegales cobradas por los amaños de obra pública acababan en el PSOE. De igual manera, el magistrado instructor recuerda que la empresaria Carmen Pano confesó en el TS haber llevado bolsas de dinero cash a Ferraz por orden de Aldama.
El auto concluye que «todas estas incógnitas» sobre la financiación y la caja del PSOE «deben ser despejadas, tras practicarse la investigación correspondiente, en la medida en que pudieran denotar la eventual existencia de conductas o actividades irregulares, e incluso potencialmente delictivas. Sin embargo, parece claro también que la actividad del partido político, sea finalmente una u otra la calificación jurídica que merezca, no se halla inescindiblemente vinculada a los hechos aparentemente delictivos que constituyen el objeto de la presente causa especial, cuya competencia, además corresponde a este Tribunal Supremo únicamente por la condición de aforado que ostenta el Sr. Ábalos Meco.»
