Publicado: mayo 14, 2025, 6:07 am

El Gobierno aprobó ayer en Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley por la que se modifica el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) con el objetivo de «reforzar» la autonomía de la Fiscalía. El anteproyecto, conocido por EL MUNDO, indica que «a la vista del nuevo modelo procesal penal diseñado por el proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal que actualmente se encuentra en tramitación, la reforma del EOMF constituye una iniciativa legislativa cuya procedencia se justifica por sí sola».
Frente a los principales cambios desvelados ayer por este periódico -desvinculación del mandato del fiscal general del Ejecutivo ampliando el mismo a cinco años, concesión de poder decisorio a la Junta de Fiscales de Sala o una nueva regulación de las comunicaciones con el Ejecutivo- la reforma legal prevé otra serie de medidas novedosas.
Después de que el Tribunal Supremo anulara de forma reiterada el ascenso de la ex fiscal general del Estado y ex ministra de Justicia, Dolores Delgado, a fiscal de Sala, llegando a acusar el Alto Tribunal a Álvaro García Ortiz de «desviación de poder», el Ejecutivo opta ahora por regular el ascenso automático a la máxima categoría de los próximos fiscales generales.
El nuevo artículo 29 del EOMF recogerá que «el nombramiento como fiscal general del Estado de un miembro de la carrera fiscal implicará el inmediato ascenso a la primera categoría, si no la ostentara, siempre que al término del mandato se cumplan los requisitos exigidos de antigüedad para ser fiscal de Sala».
Esta medida es controvertida ya que dentro de la carrera fiscal hay múltiples voces que consideran que el hecho de haber sido designado por un Gobierno como fiscal general no acredita de manera alguna la excelencia jurídica que se presume a los fiscales de Sala; categoría equiparable a la de magistrado del Tribunal Supremo.
Por otro lado, el anteproyecto trata de blindar a los sucesores de García Ortiz ante los cambios de Gobierno. Sólo podrá ser cesado por incumplimiento grave o reiterado de sus funciones por el Consejo de Ministros el fiscal general si se recaba, con anterioridad, un informe preceptivo del Consejo General del Poder Judicial.
Además, el nuevo Estatuto prevé que, en el caso de producirse el cese anticipado del fiscal general, la duración del mandato de su sucesor «no excederá de la que restara al cesado para extinguir el plazo de cinco años señalado en el apartado primero de este artículo». También se introduce que, en esos supuestos, el fiscal general «solo podrá ser renovado en el supuesto de que el titular hubiera ostentado el cargo durante un periodo inferior a un año». Es decir, como máximo se podrá ser fiscal general durante seis años.
El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, sostuvo ayer que se trata de un «paso imprescindible» antes de entregar las instrucciones penales a los fiscales. Bolaños aseguró que esta reforma se tramitará de forma conjunta con la LeCrim e insistió en la importancia de cambiar el obsoleto sistema penal español.