Begoña Gómez recurre la posibilidad de un juicio por jurado y alega que "no existe norma alguna" que regule las funciones de su asesora - España
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Begoña Gómez recurre la posibilidad de un juicio por jurado y alega que «no existe norma alguna» que regule las funciones de su asesora

Publicado: octubre 1, 2025, 6:07 pm

La defensa de Begoña Gómez ha presentado un recurso contra la decisión del juez Juan Carlos Peinado de encauzar la investigación por malversación hacia un juicio por jurado.

El escrito del abogado y ex ministro socialista Antonio Camacho sostiene que no hay indicios de delito que justifiquen la investigación por el posible mal uso de fondos públicos, al haberse dedicado al asesora de Gómez a tareas relacionadas con la actividad profesional privada de la esposa del presidente del Gobierno.

El escrito llega tras conocerse el informe en el que la Unidad central operativa revisaba 121 correos en los que la asesora, Cristina Álvarez, abordaba tareas relacionadas con la cátedra de Begoña Gómez en la Universidad Complutense. Pese a la cifra, la defensa mantiene que se trató de «una ayuda puntual» de Álvarez que carece de relevancia penal.

«Todos sin excepción han sido remitidos por Cristina Álvarez desde su correo particular y responden a una ayuda puntual en relación con el tema de la firma de los convenios de la Cátedra derivada de la amistad que mantenían. […]. La labor puntual de Cristina en la misma era de auxilio administrativo, nunca encargarse de la misma con exclusividad. Los correos electrónicos representan solo una mera parte mecánica de transcripción o traslado de mensajes dentro de toda la gestión administrativa realizada», afirma el recurso directo ante la sección de la Audiencia de Madrid que revisa la actuación de Peinado.

A eso se añade que no hay ninguna norma que permita algo habitual en los usos sociales como enviar correos relacionados con asuntos privados. «Las funciones que se atribuyen a los asistentes de los cónyuges de los Presidentes de Gobierno están ayunas de cualquier tipo de regulación, no existe norma alguna que establezca cuales son las funciones que ha de desarrollar. No existe un Estatuto del asistente del cónyuge del Presidente que establezca cuáles son sus competencias».

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