Publicado: mayo 7, 2025, 4:26 pm
La Audiencia Nacional ha dado la razón a Xabi Alonso en el contencioso que mantenía con Hacienda, que le reclamaba 288.507,58 euros por no liquidar el IRPF de los pagos que recibió su representante en 2012 por parte del Real Madrid.
La Agencia Tributaria consideró que los pagos satisfechos por el Real Madrid a su agente, en virtud del contrato suscrito con el club en noviembre de 2009, retribuían sus servicios de representación y, por tanto, en la medida en que el Real Madrid asumió su pago, esas cantidades debían ser consideradas fiscalmente como rendimientos del trabajo personal de Alonso, que era quien debía haber retribuido al representante por los servicios que éste le prestó.
«En consecuencia, en la regularización practicada, la Inspección atribuye al demandante, en concepto de rendimientos de trabajo personal, las retribuciones que el club de fútbol Real Madrid satisfizo a la sociedad del agente del jugador IDUBServicios Deportivos. Concretamente, 354.000 euros en 2012«, resolvió la Agencia Tributaria.
Ahora, en una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso del jugador contra la resolución que dictó en 2021 el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), que a su vez confirmó la del Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR) de Madrid, y que le dio el visto bueno a la reclamación de Hacienda por no haber tributado la cantidad de 168.083,06 euros en la liquidación del IRPF de 2012, y la sanción subsiguiente (120.424,52 euros), lo que sumaba un total de 288.507,58 euros.
La Sala indica que uno de los motivos del recurso consiste en reprochar a la Administración «un exceso» en el ejercicio de sus facultades, «al imputar al jugador como rendimiento del trabajo las cantidades que el club satisfizo a la entidad de su representante, en razón a que el representante lo es del jugador y actúa en su nombre y beneficio».
«Pues bien -destaca la sentencia-, no es esta la primera vez que la Sala tiene que enjuiciar una regularización semejante» y señala que, según la doctrina asentada a este respecto por el Tribunal Supremo, «también en este caso la administración se excedió», al calificar los pagos al agente por el club como rendimientos de trabajo del jugador pagados por el club por cuenta del recurrente.
Precisamente, fue ante el Supremo donde Alonso evitó una reclamación de Hacienda por un presunto fraude de casi dos millones de euros entre 2010 y 2012.
En este caso, el alto tribunal rechazó el recurso de la Abogacía del Estado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ratificó la segunda absolución del exfutbolista donostiarra y la de dos de sus asesores fiscales de un delito contra la Hacienda Pública por ceder la explotación de sus derechos de imagen a la sociedad Kardzali, radicada en la isla portuguesa de Madeira. Hechos por los que la Fiscalía llegó a pedir dos años y medio de cárcel para Xabi Alonso y sus dos asesores.