Publicado: marzo 10, 2025, 11:07 am

La Fiscalía y la Abogacía del Estado se han mostrado a favor de que al fugado Carles Puigdemont se le aplique la ley de la amnistía en el delito de malversación. Así lo han señalado en la vista pública celebrada esta mañana en el Tribunal Supremo para estudiar los recursos del ex presidente catalán y los ex consejeros Antoni Comín y Lluís Puig contra la decisión del juez instructor del 1-O, Pablo Llarena, que rechazó el pasado septiembre perdonarles el delito de malversación y acordó mantener vigentes las órdenes nacionales de detención que pesan contra ellos.
La teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, ha pedido estimar los recursos de los acusados porque, en su opinión, «decir que los actos fueron conducidos a obtener un beneficio patrimonial es cuando menos sorprendente» porque «nadie dijo que fuera encaminado» a ello. «No puede defenderse que quienes fueron a la cárcel lo hicieron por enriquecimiento personal».
«La norma es clara», ha añadido la fiscal, que ha acusado a Llarena y a la Sala que juzgó el procés de hacer un análisis distinto de la malversación de aquel que recogió la sentencia por la consulta ilegal del 1-O.
Para la número dos del fiscal general, Álvaro García Ortiz, en contra del criterio del juez y de la Sala que los condenó, «no han sido empleados fondos europeos de la UE» y «no se ha producido merma alguna en el presupuesto europeo», que era otro de los argumentos para no aplicar la amnistía a los líderes del procés, ya que «los fondos pertenecían exclusivamente a la Generalitat y esto está acreditado».
La fiscal ha apelado directamente al artículo 1 de la ley de amnistía, que establece de manera clara que están comprendidos en la norma los «actos tipificados como delitos de malversación» cuando «estén dirigidos a financiar, sufragar o facilitar» la realización del 9-N o del 1-O o «reivindicar» a través de cualquier entidad pública o privada, siempre que no haya existido propósito de enriquecimiento».
Por todo ello, ha defendido «la amnistiabilidad de los hechos». A esta tesis se han sumado también la Abogacía del Estado y los letrados de los procesados.
La defensa no ve competente al Supremo
La defensa del ex presidente catalán Carles Puigdemont ha insistido, por su parte, en que el Tribunal Supremo no es el órgano competente para aplicarle la ley de amnistía, toda vez que como diputado del Parlament entiende que ello es competencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña.
Al hilo, el letrado Gonzalo Boye ha señalado que «a estas alturas no es necesario entrar en un gran debate sobre la aplicación o inaplicación de la ley de amnistía». «Podemos acogernos al voto particular de Ana Ferrer, que explica por qué esta ley debe ser aplicada», ha añadido.
Con todo, ha incidido en que cualquier decisión que adopte el Supremo «conllevaría la vulneración del juez prestablecido por la ley», porque debería pronunciarse el TSJ catalán.
En la misma línea se ha pronunciado el abogado de Puig, Jaume Alonso Cuevillas, quien ha coincidido en que la competencia para aplicar la amnistía es del TSJ de Cataluña, al tiempo que ha defendido que no aplicar la ley sería una resolución arbitraria e injusta.
Por el contrario, Vox, que ejerce la acusación popular, ha mostrado su oposición a corregir la decisión de Llarena de no amnistiar la malversación del procés y ha afeado a la defensa de Puigdemont que insista en que el Supremo no es el órgano competente para pronunciarse.
«Si un acto es ilícito no puede ser amparado por ninguno de los instrumentos de derecho, mucho menos por esta ley de amnistía. No es poque el Supremo haya tenido una interpretación extravagante, es porque así lo dijo el Constitucional con las leyes de desconexión», ha señalado en la vista la coordinadora nacional jurídica de Vox, Marta Castro.