Publicado: junio 21, 2026, 6:07 am

El juez Juan Carlos Peinado dictó ayer un auto demoledor contra la esposa del presidente del Gobierno, con el que pone fin a una investigación abierta en abril de 2024. El magistrado del Juzgado 41 de Madrid envía a María Begoña Gómez Fernández al banquillo para responder por cuatro delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida y malversación de fondos públicos. Además, le impone medidas cautelares que le impedirán acompañar a Pedro Sánchez en viajes oficiales. Le retira el pasaporte, le prohíbe salir del país y le impone comparecencias quincenales en el juzgado.
El auto de apertura de juicio oral se extiende a su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, por los mismos cuatro delitos. También envía a juicio por los dos primeros al empresario Juan Carlos Barrabés, que le ayudó a poner en marcha su cátedra en la Complutense y para el que escribió cartas de recomendación en licitaciones públicas.
El auto de apertura supone que Peinado da por concluida la instrucción del caso Begoña y ordena su remisión a la Audiencia Provincial, competente para organizar el juicio ante un jurado. Que la vista oral llegue o no a celebrarse, y si lo es ante un jurado o un tribunal profesional, depende de la Sección 23 de la Audiencia de Madrid, que tiene aún pendientes los recursos clave contra la decisión de Peinado de impulsar el juicio ante un jurado.
La extensa resolución, de 84 páginas, sostiene que Begoña Gómez cometió los delitos «aprovechando» su condición de esposa del presidente. El acceso de Sánchez al cargo es el punto en el que arranca el relato de hechos delictivos en el que el juez apoya la apertura de juicio oral.
LA INVESTIDURA. «Tras la investidura de Pedro Sánchez se produce un cambio radical en la trayectoria de María Begoña Gómez Fernández», afirma Peinado. Inmediatamente es contratada para dirigir el Africa Center del Instituto de Empresa (IE), una rama de la causa que la Audiencia no permitió a Peinado investigar. En ese puesto contactó con el empresario Juan Carlos Barrabés, que resultaría clave en la siguiente fase.
LA CÁTEDRA. En 2020, Begoña Gómez «impulsa una nueva línea de actividad profesional» en la Complutense, donde dirigía un máster en fundrising. Tras reunirse con el rector de la UCM en La Moncloa, se crea una cátedra extraordinaria en Transformación Social Competitiva de la que ella es directora. Su financiación llama la atención del juez: «Se articuló mediante aportaciones de empresas de primer nivel que tenían y siguen manteniendo vínculos de diferente clase con la Administración General del Estado y otras instituciones oficiales». «La relevancia de este extremo», insiste, «no se agota en la mera existencia de financiación privada, sino en el contexto en el que esta se obtiene y en la posición singular desde la que se articula. En efecto, las aportaciones se producen en un marco en el que Begoña Gómez, esposa del Presidente del Gobierno, proyectaba simultáneamente su posición institucional, su actividad académica y sus relaciones con directivos y empresas con intereses o vínculos con el sector público».
Es ahora cuando recurre a Barrabés, al que «pidió ayuda» para desarrollar el máster dentro de la cátedra. «Debe destacarse», dice el auto, «la concurrencia de actuaciones que vinculan el desarrollo de los proyectos profesionales impulsados por Begoña Gómez con la adjudicación de contratos públicos en favor de empresas vinculadas al entorno empresarial de Barrabés», que dispara sus contrataciones públicas. Ella firmó cartas de recomendación en favor de Barrabés para licitaciones «promovidas por una entidad pública [Red.es] dependiente del mismo Gobierno que desde dos años antes presidía su esposo».
EL ‘SOFTWARE’ FINANCIADO. Una vez en marcha la cátedra y el máster, Gómez «mantuvo diferentes reuniones con altos cargos de grandes empresas» para financiar un software que sirviera como plataforma de medición de impacto social para pymes. Aceptaron aportar fondos empresas como Google, Telefónica e Indra. En el caso de Google, la colaboración se activó tras coincidir Begoña con uno de sus directivos en un acto del Partido Socialista, precedido por otro en La Moncloa. Por su parte, los responsables de Telefónica e Indra reconocieron en su declaración como testigos que su colaboración con el proyecto de Begoña Gómez no formaba parte de la actuación «habitual» de sus empresas.
LA APROPIACIÓN. El siguiente paso delictivo relatado en el auto es la supuesta apropiación indebida del software. Era, por ley, propiedad de la Complutense, pero Begoña Gómez no culminó el proceso para que eso fuera así. «Consta, por el contrario, que la documentación requerida por la Universidad Complutense para formalizar el procedimiento no fue finalmente remitida, sin que se ofreciera explicación a tal omisión». Al contrario: «Paralelamente a ese intento de encauzamiento universitario», Gómez «fue asegurando el control privado sobre los elementos identificativos y de explotación del proyecto».
La esposa del presidente creó entonces una empresa de la que era administradora única y que llevaba el nombre de la cátedra. Registró la marca a su nombre y la página web en la que estaba la plataforma era de su propiedad. Todo ello sin informar a la Complutense ni a las empresas que habían participado en la creación de la plataforma. Con estas, además, cortó bruscamente la relación, una vez elaborado el software. El juez indica que existía una «evidente confusión» sobre la propiedad de la plataforma para cualquiera que accediera a la página web y quisiera hacer uso de ella. El último informe de la UCO sobre el caso revela que la empresa de Begoña Gómez llegó a recibir un pago de uno de los usuarios registrados en la plataforma, que en teoría era de la Complutense.
El auto hace balance de la actuación de la esposa del presidente del Gobierno: «De la secuencia cronológica expuesta resulta, indiciariamente, que Begoña Gómez habría venido aprovechando su proximidad al Presidente del Gobierno para impulsar su proyección profesional en el entorno de la Universidad Complutense de Madrid, obteniendo para ello una interlocución singular con responsables de una universidad pública, con empresas patrocinadoras y con entidades del sector tecnológico, al tiempo que recababa apoyo, financiación, colaboración y respaldo institucional y empresarial para la creación, desarrollo y expansión de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva y de los proyectos surgidos en su seno».
LA COLABORADORA. En todas la anterior actividad profesional privada de Gómez colaboró intensamente su asesora en La Moncloa, lo que lleva al juez a considerar que hubo una malversación de fondos públicos, el delito con mayor pena de los que se imputan. Tanto intervenía Cristina Álvarez en tareas de la cátedra que «era percibida por terceros no como mera asistente protocolaria de la esposa del Presidente del Gobierno, sino como persona integrada en el equipo de trabajo de la cátedra y del proyecto tecnológico vinculado al software».
Las referencias a su actuación son muy numerosas. Según el auto, la asesora «aportaba al proyecto una apariencia institucional derivada de su posición en Presidencia del Gobierno, reforzando con ello la capacidad de captación de apoyos, servicios, financiación y legitimación empresarial».
El juez recupera una afirmación recogida en los autos recurridos ante la Audiencia de Madrid y de los que depende la celebración del juicio: «No se trató de actos aislados o de mera cortesía institucional, sino de una dedicación sistemática y continuada de la jornada laboral y los medios públicos de Cristina Álvarez al servicio de los intereses privados de Begoña Gómez».
Sin pasaporte ni viajes oficiales
CAUTELARES. El juez ha acordado las medidas cautelares que había reclamado la acusación popular, coordinada por Hazte Oír, lo que supone que no podrá acompañar a Pedro Sánchez en los próximos viajes oficiales. Retira a Begoña Gómez el pasaporte, le prohíbe salir del país y le obliga a firmar en el juzgado 41 de Madrid cada 15 días.
RECURSO. La defensa de Gómez, que ejerce el ex ministro socialista Antonio Camacho, anunció ayer que recurrirá las medidas cautelares ante la Audiencia Provincial. Al margen de los casos de prisión provisional los tribunales son reacios a retocar la cautelares impuestas por los jueces de instrucción.
RIESGO DE FUGA. El juez apoya su decisión en el riesgo de que Gómez decida sustraerse a la Justicia española, dado el riesgo de que, en caso de condena, deba ingresar en prisión. El ingreso es obligado si por algún delito individual se imponen más de dos años. No lo es -aunque el juez hace así la cuenta- si solo se rebasa sumando la pena de varios delitos.
«EFÍMERO». El juez rechaza que llevar escolta permanente impida esa fuga, indicando que los propios agentes podrían colaborar en ella por orden «de sus superiores jerárquicos». A eso añade -y lo ve «especialmente trascendente»- que «la condición de actual Presidente del Gobierno de su esposo es algo efímero». Si deja de serlo con ello se va la escolta, lo que facilitaría la fuga.
